Al respecto, la fuerza liderada por Elisa Carrió sostuvo en un comunicado: "No se puede otorgar un trato preferencial a las personas jurídicas extranjeras frente a las nacionales, que deben cumplimentar con todos los requisitos que le solicita el ordenamiento jurídico argentino".
Entre las modificaciones realizadas, la resolución añadida el año pasado eliminó la exigencia de acreditar en el país los siguientes requisitos:
a) La sociedad no tiene vedada o restringida su actuación en el Estado de constitución, registro o incorporación,.
b.) Que el asiento principal de sus negocios o el centro de su dirección se encuentran fuera del país.
c) La individualización de los socios.