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Un fallo avala que las fuerzas de seguridad detengan por "sospecha" en la vía pública e "inviten" a mostrar pertenencias

Un fallo avala que las fuerzas de seguridad detengan por sospecha en la vía pública e inviten a mostrar pertenencias

Un fallo judicial reivindicó las facultades de las fuerzas de seguridad para prevenir el delito mediante detenciones en la vía pública y la “invitación” a exhibir sus pertenencias como forma de detectar eventuales objetos robados.

“Sería absurdo quitarles la posibilidad de sólo identificar a un individuo en la vía pública ante una situación que, a su criterio, razonablemente luzca sospechosa en virtud de su experiencia y preparación”, sostuvo la Sala Sexta de la Cámara del Crimen.

“Restringir exageradamente las facultades policiales hasta el límite de la inacción podría conducir a un incumplimiento con eventuales derivaciones para el funcionario público”, subrayaron los camaristas Marcelo Lucini y Mariano González Palazzo.

El 10 de mayo pasado a las 18:30, en la intersección de Niceto Vega y Humboldt, en el barrio porteño de Palermo, el oficial mayor Andrés Sebastián Rodríguez detuvo una motocicleta que “circulaba realizando maniobras peligrosas”.

“Su conductor se mostró muy nervioso, por lo que solicitó exhiba los elementos que llevaba en su mochila”.

Allí había dos teléfonos celulares que el motoquero dijo que tenía para reparar, pero uno de ellos sonó en ese momento y una mujer le explicó al policía que era de su marido, quien acababa de ser asaltado.

La defensa del motoquero cuestionó la detención y requisa pues “sólo habría cometido una infracción vehicular que no ameritaba ninguna de esas medidas”.

Sin embargo los jueces replicaron que “sólo un análisis sesgado de la secuencia permitiría compartir sus críticas”.

“De aplicar sistemáticamente esa línea de pensamiento, perdería virtualidad la función preventiva de las fuerzas de seguridad”.

El fallo explica que el policía no “requisó” las pertenencias del motoquero sino que “lo invitó a exhibir el contenido de su mochila”, tal como se lo permite el Código Procesal Penal de la Nación.

“No se advierte, entonces, una vulneración de sus garantías ni intromisión desmedida, máxime cuando la decisión fue voluntaria y no aparece viciada por coacción, violencia o engaño”, sostiene la resolución, a la que tuvo acceso A24.com.

Los jueces también dieron prevalencia al relato del policía sobre el origen de la situación, en relación a la conducción “cuanto menos imprudente” de la motocicleta.

“Así lo aseguró el oficial y no hay ningún indicio que conduzca a dudar de su veracidad”.

“Su interceptación para solicitarle los datos personales y hacer cesar ese riesgo se encuentra dentro de sus facultades prevencionales”, insistieron.