Irreconocible

La Junta Electoral le advirtió a Patricia Bullrich que no podrá desplegar fuerzas especiales en el AMBA para controlar los comicios

La Junta Electoral le advirtió a Patricia Bullrich que no podrá desplegar fuerzas especiales en el AMBA para controlar los comicios

La Junta Electoral Nacional le advirtió al Ministerio de Seguridad que "cualquier interferencia de fuerzas, brigadas u otros grupos ordenadas por autoridades ajenas a aquellas previstas en la legislación electoral hará responsables a quienes las ejecuten” de los delitos previstos en el Código que rige los comicios.

El tribunal que controla las elecciones que se desarrollan este domingo adoptó esa resolución ante una denuncia del Frente de Todos, que alertó sobre la distribución de un “Manual de Funciones de los Responsables Operativos del Ministerio de Seguridad - Zonas AMBA", que dispuso la “ubicación de Brigadas de Rápido Despliegue con autorización para introducirse en los centros de votación” ante situaciones de disturbios.

“Es evidente que se ha formado un organismo parapolicial ilegal por parte del referido Ministerio cuando la labor de custodia y vigilancia está a cargo del Comando General Electoral”, subrayó la denuncia del Frente de Todos, firmada por su apoderado, Jorge Landau.

La Junta Electoral, conformada por el presidente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Jorge Morán; la titular de la Cámara Civil, Beatriz Verón, y la jueza electoral María Servini, dispuso "ante la gravedad de la situación que se desprende y la posibilidad de que pudiera obstaculizar y aún llegar a frustrar la libre realización de los comicios” que “debe reiterar del modo más enérgico y contundente la vigencia del orden electoral”.

Esa normativa “no puede ser alterada por presuntas normas cuyo órgano emisor se desconoce así como del ámbito que emanan". Para las elecciones de hoy –reiteró el tribunal- “sólo serán de aplicación las normas previstas en el Código Electoral, Acordadas de la Cámara Nacional Electoral y las establecidas en las actas dictadas por este tribunal".

"Cualquier interferencia de fuerzas, brigadas u otros grupos ordenadas por autoridades ajenas a aquellas previstas en la legislación electoral hará responsables a quienes las ejecuten de las sanciones previstas en el artículo 130 del Código Electoral”, destacó la resolución.

Ese artículo del Código Electoral establece penas de prisión de uno a tres años a quien “con violencia o intimidación impidiere ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio; compeliere a un elector a votar de manera determinada; lo privare de la libertad, antes o durante las horas señaladas para la elección, para imposibilitarle el ejercicio de un cargo electoral o el sufragio”, entre otras situaciones.