Irreconocible

Ramos Padilla rechazó la nulidad de Daniel Santoro contra el informe de la Comisión de Pérez Esquivel

Ramos Padilla rechazó la nulidad de Daniel Santoro contra el informe de la Comisión de Pérez Esquivel

El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, rechazó el planteo de nulidad del periodista de Clarín Daniel Santoro contra el informe de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que preside el premio Nóbel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y que evaluó documentación obtenida de las computadoras y los teléfonos celulares del falso abogado Marcelo D'alessio.

"En ningún momento se ordenó a la CPM evaluar el contenido de notas periodísticas; más aún, de la simple lectura del informe presentado se desprende que dicho organismo no evaluó el contenido de ninguna nota periodística", refutó el juez, en una resolución de casi 60 páginas.

"Difícilmente pueda causar agravio alguno una sistematización y descripción de la prueba -que se limita a realizar ciertos cotejos específicos- que ni siquiera resulta vinculante para el Tribunal. En cuanto a la falta de control alegada sobre lo realizado por la Comisión, ello resulta una simple ficción que la defensa no explica. Los archivos que encuentra en los dispositivos de D’Alessio, indica su localización y los describe", añadió.

El juez destacó que Santoro es el único periodista imputado en la causa, pese a que D'Alessio tenía vínculos con muchos otros, la mayoría de los cuales declararon ya como testigos en la causa.

"Se les ha recibido declaración como testigos a importantes trabajadores de los medios de prensa como Rolando Graña, Alejandro Fantino, Romina Manguel, Luis Gasulla, Gabriel Iezzi, Rodrigo Alegre, Eduardo Feinmann, entre otros; y sus testimonios han sido de enorme utilidad para reconstruir el modo de actuar de la asociación ilícita y la manera en que utilizaba a la prensa para hacer pública información que dicha organización obtenía o producía con métodos ilegales", explicó el juez.

"La mención de dichos periodistas en el informe no implica ningún tipo de responsabilidad penal respecto de éstos, y por el contrario, puede constituir una muestra del modo en que la organización criminal buscaba fomentar y utilizar sus vínculos con los medios de prensa para llevar a cabo y consolidar sus operaciones, aún sin ningún tipo de conocimiento o participación de los periodistas".

La situación de Santoro, según el documento al que accedió A24.com, es distinta. "Son muchos los casos en los que se corroboró que las publicaciones, en particular de Daniel Santoro, eran utilizadas como un mecanismo para alarmar a la víctima y hacerla ceder frente a la extorsión o coacción que sufría".

No obstante ello, "no formaron parte de la imputación, ni del juicio de responsabilidad efectuado, sus actividades periodísticas, ni las legítimas investigaciones que, en el ejercicio de ese rol profesional, hubiera realizado y publicado. Tampoco le fue exigido en ningún momento que revelara sus fuentes".

"El vínculo de Santoro con Marcelo D’Alessio excedía la mera relación fuente-periodista (...) ambos mantenían una estrecha relación de amistad, intercambiaban mutuamente información sensible, confidencial o de acceso restringido y desarrollaban planes y actividades ilícitas en forma conjunta".

"El vínculo entre D’Alessio y Santoro -insistió Ramos Padilla- superaba el de un periodista con una fuente, y, por el contrario, implicaba el diseño y ejecución de diversos planes y actividades ilícitas en forma conjunta".

El juez defendió a la CPM: "Una simple lectura de ese informe evidencia que no se analiza allí ninguna nota periodística, mucho menos su contenido, ni tampoco se evalúa la labor de ningún profesional del periodismo. La CPM es un organismo público y autárquico, independiente de cualquier gobierno y partido político".

Además, recordó que "ha sido auxiliar de la justicia en numerosos casos de gran relevancia pública después de recuperada la democracia (Kosteki y Santillán, AMIA, La Tablada, el secuestro y asesinato de Andrés Núñez, entre muchos otros)".