Previsional

Bono extraordinario: cómo será el cronograma de pagos

Clara Salguero detalló a quiénes alcanzará y cuándo se cobrará el bono compensatorio del costo de vida de $1.500 para sus beneficiarios.
Cronograma de pago del bono extraordinario de 1.500 pesos. (Captura de Tv)

Cronograma de pago del bono extraordinario de 1.500 pesos. (Captura de Tv)

El análisis de Clara Salguero sobre el bono extraordinario del ANSES (Foto: captura de TV).

El análisis de Clara Salguero sobre el bono extraordinario del ANSES (Foto: captura de TV).

La especialista previsional de A24, Clara Salguero, explicó en su programa Lo Justo y Necesario a quienes beneficiará el bono extraordinario de $1.500 que pagará la ANSES durante abril y mayo. Además, detalló el cronograma de pago con las fechas de cobro para cada grupo previsional y de la seguridad social que lo recibirá.

Mirá la nota completa.

Embed
Bono extraordinario: cronograma de pagos.

Por su parte, el Gobierno oficializó este viernes la decisión de otorgar el pago extraordinario de $ 1.500 a jubilados, pensionados, beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Lo hizo a través del Decreto 218/2021 publicado en el Boletín Oficial, que también dispuso que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $ 30.857,16, el subsidio extraordinario será $ 1.500 y para los que perciban un importe superior será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar a $32.357,16.

Además indicó que, para percibir el subsidio extraordinario, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mes en que se realice su liquidación.

Asimismo, determinó que, en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario que se otorga.

Del mismo modo, dispuso que los subsidios extraordinarios otorgados no alcanzan a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio.

El decreto establece, además, que los subsidios extraordinarios no serán susceptibles de descuento alguno ni computables para ningún otro concepto.

Se habló de