Un recurso extraordinario hizo llegar el caso ante el máximo tribunal. “Barcelona es una revista satírica y Cecilia Pando es una figura pública”, dijo la demandada.
La revista pidió que el tema se analice a la luz del “derecho de expresión y no al derecho a publicar informaciones”. En nombre del Ministerio Público, Abravamovich apoyó esto y señaló que el caso era de interés público.
“El hecho de que las críticas satíricas expuestas por la revista Barcelona sean susceptibles de herir los sentimientos de la actora no justifica una condena indemnizatoria. De otro modo, se atentaría contra una de las libertades fundamentales en una república democrática: la preservación del debate relativo a las actividades llevadas a cabo por figuras públicas que son de interés para toda la sociedad”. “El hecho de que las críticas satíricas expuestas por la revista Barcelona sean susceptibles de herir los sentimientos de la actora no justifica una condena indemnizatoria. De otro modo, se atentaría contra una de las libertades fundamentales en una república democrática: la preservación del debate relativo a las actividades llevadas a cabo por figuras públicas que son de interés para toda la sociedad”.
Víctor Abramovich, procurador fiscal ante la Corte
Ahora, la definición sobre si la revista Barcelona estuvo en su derecho de publicar o si Pando debe ser indemnizada está en manos de la Corte Suprema.