A través del decreto 287/2021, el Gobierno detalló las nuevas medidas para “proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indelegable del Estado Nacional, en el marco de la declaración de pandemia”.
En primer lugar, el decreto indicó que se establecen tres parámetros epidemiológicos: “Bajo Riesgo”, “Mediano Riesgo” o “Alto Riesgo”, que se definirán a partir de la cantidad de casos percibidos en la comparación de los últimos 14 días y los 14 días previos a esos y la cantidad de positivos cada 100.000 habitantes. También se podrá determinar que una localidad está en “alerta epidemiológica y sanitaria” si la cantidad de casos supera los 500 por día cada 100.000 habitantes o si la ocupación de camas es mayor al 80%.
Para esta nueva etapa, el Gobierno dictaminó: