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Economía

POTENCIAR TRABAJO: cuánto cobro en marzo con el AUMENTO

En línea con el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil, el Plan Potenciar Trabajo se ajusta al medio haber mínimo.

20 de febrero de 2024 - 11:51
POTENCIAR TRABAJO: cuánto cobro en marzo con el AUMENTO

POTENCIAR TRABAJO: cuánto pasarán a cobrar con el AUMENTO

El Gobierno de Javier Milei aumentará 30% y en dos cuotas el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Así lo confirmó el ministro de Economía, Luis Caputo. Con ello también se habilita el aumento de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Potenciar Trabajo.

En ese contexto, el Ministerio de Capital Humano, que tiene bajo su ala la Secretaría de Trabajo, deberá emitir un laudo con el aumento que tendrá el SMVM.

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Así, habilitará una suba en dos cuotas, la primera a cobrarse por un 18%/19%, con lo que el haber mínimo sobrepasará los $180.000, y la segunda por un 12%/11% con lo que llegaría a unos $202.800 a partir del tercer mes del año.

El tope del 30% de aumento obedece a que en medio de un programa de fuerte restricción fiscal, el Gobierno no quiere que se le dispare el cálculo de las jubilaciones mínimas, del plan Potenciar Trabajo, la AUH y las becas progresar, atadas al monto del SMVM.

El tope del 30% de aumento obedece a que en medio de un programa de fuerte restricción fiscal, el Gobierno no quiere que se le dispare el cálculo de las jubilaciones mínimas, del plan Potenciar Trabajo, la AUH y las becas progresar, atadas al monto del SMVM.

Cabe recordar que el Potenciar Trabajo es equivalente al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Si este se eleva a $202.800, la cifra de la prestación estatal queda en $101.400.

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Potenciar Trabajo: cuáles son los requisitos para cobrar el beneficio

Pueden ser beneficiarios del Potenciar Trabajo las personas que cumplan las siguientes condiciones:

  • Estar en riesgo o estado de vulnerabilidad social o desempeñarse en alguna actividad de la economía popular.

  • Tener entre 18 y 65 años.

  • Ser argentino o extranjero con residencia permanente.

  • Personas que residan legalmente en el país.

Además, las personas beneficiarias deberán participar, como mínimo, de alguna de las 3 líneas de actividades previstas: proyectos socio-productivos, terminalidad educativa y/o proyectos sociolaborales o socio-comunitarios.

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