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EXCELENTE noticia de ANSES: los JUBILADOS que TAMBIÉN podrán pedir la AUH

Se trata de una opción que busca que la seguridad social alcance a todas las personas, siempre que cumplan con ciertos requisitos y presenten la documentación adecuada.

Los jubilados de ANSES que también podrán pedir la AUH (Foto: archivo).

Los jubilados de ANSES que también podrán pedir la AUH (Foto: archivo).

Esta medida no es una excepción, sino parte de una política pública orientada a garantizar la protección social de todos los menores, incluso cuando están al cuidado de adultos que no son sus padres biológicos.

Este nuevo alcance de la AUH se formalizó a través de la Adenda 63, una modificación normativa que permite cambiar la titularidad de las asignaciones familiares. Gracias a esta actualización, abuelos, tíos, tutores legales u otros adultos responsables pueden acceder al beneficio, siempre que puedan acreditar la convivencia y el cuidado efectivo del menor.

¿Quiénes pueden cobrar la AUH además de los padres?

Aunque la AUH está principalmente dirigida a madres o padres sin empleo formal, otros adultos a cargo también pueden acceder:

  • Abuelos o abuelas jubilados con menores bajo su cuidado.
  • Tíos u otros familiares adultos responsables de la crianza.
  • Tutores legales reconocidos por la Justicia.

El requisito clave es demostrar que el menor vive con la persona adulta y depende económicamente de ella.

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¿Qué documentación se necesita para acceder a la AUH como jubilado?

Si sos jubilado y tenés a un niño o adolescente a cargo, podés solicitar la AUH en cualquier oficina de ANSES. Para iniciar el trámite se requiere:

  • DNI del adulto responsable (original y copia).
  • DNI y partida de nacimiento del menor (original y copia).
  • Documentación que acredite la convivencia y el cuidado.

Este último punto es fundamental y muchas veces el más difícil de acreditar, por lo que ANSES detalló los documentos que se aceptan como válidos.

¿Cómo demostrar que un menor está a tu cargo para cobrar la AUH?

La documentación que prueba el vínculo de cuidado debe ser emitida por organismos oficiales como:

  • El Ministerio de Capital Humano.
  • La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
  • Áreas provinciales de niñez autorizadas por ANSES.

Los documentos aceptados son:

  • Declaración jurada, firmada por el adulto responsable.
  • Nota técnica de evaluación, realizada por un profesional del área social.

El trámite se realiza de forma presencial en ANSES, sin necesidad de turno previo en algunos casos. Se recomienda llevar toda la documentación completa para agilizar el proceso.