Hasta ahora, Boudou estaba bajo prisión preventiva porque la condena no está firme. Sin embargo, después de que se pronunciara el tribunal oral, el 17 de julio pasado la Sala Cuarta de la Cámara de Casación la confirmó. Es decir prestó lo que técnicamente se conoce como “doble conforme” (que dos tribunales se pronuncien en un mismo sentido en una causa penal, garantizando el derecho del condenado a que su situación sea revisada en al menos dos instancias).
Boudou apeló esa confirmación, pero la Casación declaró “inadmisible” el recurso extraordinario y redujo las posibilidades de una última revisión de la Corte a una apelación “en queja”.
La Corte tiene, así, dos cuestiones para resolver sobre Boudou: la central, revisar la condena en sí. La secundaria, determinar si debe seguir detenido. Este último tema quedó ahora restringido: el ex vicepresidente no está en prisión preventiva sino condenado y cumpliendo una pena que la Casación, la máxima instancia penal, apenas un escalón jerárquico debajo de la Corte, considera virtualmente firme.
Los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo determinaron que en su apelación, Boudou “se limitó a alegar la violación a garantías constitucionales –como el principio de inocencia- sin demostrar, concretamente, cual es el agravio actual, de tardía o imposible reparación ulterior que le genera el auto dictado, como para lograr equipararlo a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Cámara”.
El miércoles, el TOF 4 había admitido otro recurso de Boudou y había aceptado computar como parte de la condena por Ciccone los dos meses y 14 días que pasó en prisión preventiva por disposición del juez federal Ariel Lijo en otro expediente, relacionado con presunto lavado de activos.