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Sobreseyeron a los ex camaristas Farah y Ballestero, acusados por haber excarcelado a los empresarios Cristóbal López y De Sousa

20 de diciembre de 2019 - 16:32
Sobreseyeron a los ex camaristas Farah y Ballestero, acusados por haber excarcelado a los empresarios Cristóbal López y De Sousa

Los ex camaristas federales Eduardo Farah y Jorge Ballestero fueron sobreseídos en una causa en la que fueron acusados de haber cobrado sobornos para excarcelar a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa, duelos del Grupo Indalo y del canal de noticias C5N.

Se trata de los camaristas que fueron públicamente cuestionados por el ex presidente Mauricio Macri, quien incluso dijo públicamente en un reportaje que esa decisión "no era en lo que quedamos".

El juez federal Luis Rodríguez descartó, después de producir prueba, que hubieran existido pagos ilegales.

“Del análisis de toda esa documental recolectada, se concluye que los movimientos financieros y patrimoniales de ambos investigados son de origen legítimo, no surgiendo en los mismos incrementos injustificados o sugestivos, o que no se encuentren respaldados o declarados”, sostuvo el magistrado.

“Sin perjuicio de surgir ello a las claras de la documentación recolectada, ambos imputados han explicado sus movimientos, los que encuentran respaldo en toda la información a la que el Tribunal accedió”, añadió.

El 16 de marzo de 2018 los camaristas Farah y Ballestero dispusieron la excarcelación de los empresarios y tres día después, el abogado Adrián Marcelo Bastianes, con vínculos con el macrismo, “imputó a los nombrados los delitos de cohecho, prevaricato e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Bastianes sostuvo como hipótesis que Farah y Ballestero “dictaron resoluciones contrarias a la ley en beneficio de Cristóbal Manuel López y Carlos Fabián de Sousa, ello a cambio de haber recibido por sí o por personas interpuestas dinero o cualquier otra dádiva y/o haber aceptado una promesa directa o indirecta”.

Ballestero renunció al cargo y se jubiló, en tanto que Farah pidió su pase a un tribunal oral federal de la localidad de San Martín.

La fiscal Paloma Ochoa emitió un dictamen en el que consideró que “no se ha logrado identificar ninguno de los extremos que obran en la denuncia”.

“El resultado de las diligencias permitió demostrar que la designación de Farah para integrar el acuerdo que resolvería el recurso de apelación interpuesto por las defensas de los imputados López y De Souza no fue arbitraria así como tampoco irregular, sino que se concretó respetando las normas reglamentarias”.

Superada esa primera imputación, la fiscal añadió que “no existen indicios que permitan atribuir la presunta comisión de alguno de los ilícitos que oportunamente se denunciaron”.

Con ese dictamen hubiera bastado para el sobreseimiento, pero tratándose de una causa con tamaña imputación, el juez Rodríguez eligió también él brindar sus fundamentos.

“Buscar el reproche penal hacia un magistrado por no estar de acuerdo con las valoraciones e interpretaciones que este haga en sus sentencias resulta cuanto menos imprudente”, expresó.

“Más todavía si la crítica viene de personas ajenas al proceso, que opinan en busca de alguna repercusión mediática sin el conocimiento exacto del expediente”, añadió, en referencia al denunciante Bastianes.

Rodríguez dispuso los sobreseimientos “dejando expresa mención que la formación del sumario en nada afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”.

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