Los fiscales además explicaron que se ha probado que “los hechos juzgados ostentan las notas distintivas de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial ideadas, planificadas y perpetradas desde las altas esferas del poder público. Se trató por tanto de un emprendimiento criminal, concebido, proyectado y sostenido en el tiempo con un nivel de sofisticación y profesionalismo que permitió una extensión temporal prolongada”
Y siguen: “Es aquí dentro de este esquema donde resalta la irrupción presuntamente criminal de varios empresarios, cuyas voluntades se plegaron de manera decisiva a otros integrantes de la organización, entonces funcionarios públicos, y cuyos roles adquieren una singular trascendencia, puesto que ayudaron a estructurar un esquema de organización que excedió el mero acuerdo de voluntades entre quienes decidieron participar”.
El escrito de los fiscales Stornelli y Rívolo al que accedió Infobae también destaca: “Así pues en lo que respecta a los imputados Abal Medina, Larraburu, Rocca, Padoán y Aranda, ese vínculo asociativo y las acciones concretas que habrían desplegado cada uno de ellos ata su situación procesal a un nivel de injusto semejante al del resto de los imputados a quienes vuestra señoría si procesó con prisión preventiva, independientemente de que algunos de ellos continúen transitando en libertad atento a lo resuelto por vía incidental (excarcelación y exención de prisión según el caso.)
Los fiscales no apelaron la falta de mérito dictada por Bonadio para el empresario Marcelo Mindlin.