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Fargosi:"Si un juez violó su deber de reserva, si anticipó opinión, merece ser sancionado y hasta removido”

por Alejandro Fargosi | 24 de marzo de 2019 - 05:29
Fargosi:Si un juez violó su deber de reserva, si anticipó opinión, merece ser sancionado y hasta removido”

Por Alejandro Fargosi *

El Presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz en su excelente discurso del 19 de marzo revivió los principios más básicos de la actuación judicial, por ejemplo, actuar solo cuando y como les permite la ley, sin buscar la popularidad.

Dos días después, un juez federal expuso en el Congreso sobre una causa en pleno sumario.

Denunciado por el Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura, se debate si el gobierno agredió la independencia judicial.

Todo análisis político es por definición válido y útil, pero a esta altura de nuestro caos, cabe preguntarnos si no conviene volver al imperio estricto de las leyes.

Para despolitizar a la Justicia lo primero es evaluar las actuaciones judiciales desde la ley y no desde la política. Intentémoslo:

Fayt, Petracchi y Bossert dijeron en sus votos en la Acordada 84/96 que las investigaciones del Congreso no pueden violar el principio de separación de poderes que la Corte cuida desde sus primeros fallos, como el 1:32.

El art. 204 del Código Procesal Penal dice que "El sumario será siempre secreto para los extraños" o sea, aunque no haya secreto de sumario para las partes.

En un caso similar al actual, dijo la Corte que “el ejercicio de (la) función jurisdiccional impone los deberes de “guardar absoluta reserva respecto a los asuntos vinculados con las funciones de los respectivos tribunales” y no evacuar consultas ni dar asesoramiento en los casos de contienda judicial actual o posible” (Reglamento de la Justicia Nacional, 8 inc. B y c)”.

El Código Iberoamericano de Ética Judicial dice en su art. 3 que "El juez, con sus actitudes y comportamientos, debe poner de manifiesto que no recibe influencias -directas o indirectas- de ningún otro poder público o privado, bien sea externo o interno al orden judicial", refiriéndose no solamente a las sentencias, porque la independencia debe demostrarse incluso en actitudes y comportamientos.

El art. 4 de esas pautas interamericanas agrega que "La independencia judicial implica que al juez le esta éticamente vedado participar de cualquier manera en actividad política partidaria" o sea que esa participación no puede ser abierta ni solapada, encubierta o explícita, directa ni indirecta.

Los Principios de las Naciones Unidas sobre Conducta Judicial, conocidos como el Código de Bangalore, son rotundos: dice su art. 1.1. que "Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente… libre de cualquier influencia ajena …o interferencias", agregando en el art. 1.3. que "Un juez no sólo estará libre de conexiones inapropiadas con los poderes ejecutivo y legislativo y de influencias inapropiadas por parte de los citados poderes, sino que también deberá tener apariencia de ser libre de las anteriores a los ojos de un observador razonable".

El art. 4.6 reitera el principio de independencia explicando que "Un juez…tiene derecho a la libertad de expresión y de …reunión pero… se comportará siempre de forma que preserve la dignidad de las funciones jurisdiccionales y la imparcialidad e independencia de la judicatura".

Un juez no es un fiscal. Sus funciones son distintas, debe ser independiente, su poder es mayor, y sus obligaciones también.

Si violó su deber de reserva, si anticipó opinión, merece ser sancionado y hasta removido, según hayan sido sus faltas concretas.

En palabras de la Corte “…una exposición de tal índole(implica) la transgresión de reserva impuesto a los magistrados…obligación inherente al buen desempeño de la función jurisdiccional…sin que corresponda que los jueces den cuenta de su desempeño…”, salvo cuando se los somete a juicio político, claro.

No todo se rige por la mera opinión y la especulación política.

Los jueces deben someterse estrictamente a las leyes.

Basta de caos.

*Alejandro Fargosi es abogado y fue consejero de la Magistratura

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