"Debemos concluir que no existen motivos fundados en la actualidad para sostener la presunción de fuga o entorpecimiento aludida, a la vez que resulta ineludible tener en vista la circunstancia extraordinaria de que la aquí imputada ha sido recientemente investida como Vicepresidenta de la Nación. Este hecho aunado a los ya señalados torna innecesario, a nuestro criterio, mantener la medida cautelar dispuesta, pues no hallamos atisbos de riesgos que pudiesen malograr tanto el proceso cuanto la realización de la ley sustantiva. Por ello corresponde dejar sin efecto la medida cautelar de carácter personal, oportunamente dispuesta sobre la nombrada y a partir de lo señalado deviene ocioso revisar la posible aplicación de cualquier medida morigerada alternativa a la prisión preventiva que aquí se ordena cesar" "Debemos concluir que no existen motivos fundados en la actualidad para sostener la presunción de fuga o entorpecimiento aludida, a la vez que resulta ineludible tener en vista la circunstancia extraordinaria de que la aquí imputada ha sido recientemente investida como Vicepresidenta de la Nación. Este hecho aunado a los ya señalados torna innecesario, a nuestro criterio, mantener la medida cautelar dispuesta, pues no hallamos atisbos de riesgos que pudiesen malograr tanto el proceso cuanto la realización de la ley sustantiva. Por ello corresponde dejar sin efecto la medida cautelar de carácter personal, oportunamente dispuesta sobre la nombrada y a partir de lo señalado deviene ocioso revisar la posible aplicación de cualquier medida morigerada alternativa a la prisión preventiva que aquí se ordena cesar"