Cabe destacar, que en todos los casos se deberá garantizar la higiene del lugar, y cuando correspondiere la organización de turnos y los modos de entrenamiento deportivo que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.
A su vez, los desplazamientos de las personas alcanzadas por la presente medida deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas.
Por su parte las federaciones deportivas deberán garantizar el traslado de los atletas, así como de sus equipos de trabajo, para que estos puedan llegar a sus lugares de entrenamiento sin la utilización del servicio de transporte público.