-
Trabajadores permanentes: haber realizado aportes durante al menos seis meses en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
-
Trabajadores eventuales o de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y acreditar más de 90 días de actividad durante el último año previo a la finalización del vínculo laboral.
¿Cuánto paga ANSES por la Prestación por Desempleo?
El monto de la prestación está vinculado al Salario Mínimo, Vital y Móvil, que desde julio de 2026 asciende a $372.400.
Con ese valor, los límites del beneficio quedan establecidos de la siguiente manera:
-
Monto mínimo: $186.200 (equivalente al 50% del SMVM).
-
Monto máximo: $372.400 (equivalente al 100% del SMVM).
El importe que recibe cada beneficiario se calcula tomando como referencia el 75% de la mejor remuneración mensual percibida durante los seis meses anteriores al despido, respetando siempre los límites mínimo y máximo fijados por la normativa.
¿Durante cuánto tiempo se cobra?
La duración de la Prestación por Desempleo depende de la cantidad de meses trabajados con aportes antes de perder el empleo.
En términos generales, el beneficio puede abonarse entre 2 y 12 meses.
En tanto, las personas mayores de 45 años pueden extender el cobro hasta un máximo de 18 meses, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por ANSES.
¿Cómo tramitar la Prestación por Desempleo?
El trámite puede realizarse de dos maneras:
- A través del sitio web de Mi ANSES, utilizando la Clave de la Seguridad Social.
- De forma presencial en una oficina de ANSES, solicitando previamente un turno.
Documentación necesaria
Al momento de iniciar el trámite será necesario presentar el DNI y la documentación que acredite la situación de desempleo, según corresponda.
Entre los documentos aceptados se encuentran:
- Telegrama o carta documento de despido sin justa causa.
- Nota de despido con firma certificada por el empleador.
- Documentación relacionada con la quiebra o concurso preventivo de la empresa.
- Telegramas enviados por el trabajador en caso de considerarse despedido por una causa justificada.
- Contrato vencido, cuando se trate de una relación laboral a plazo fijo que no fue renovada.
- Acta de defunción del empleador, si se trataba de un empleador unipersonal.
- Certificado médico de aptitud laboral, en los casos en que el trabajador haya sufrido una enfermedad o accidente al momento de producirse el cese laboral.