Previsional

GRAN noticia de ANSES: pagan $262.000 a quienes completen este TRÁMITE

La Administración Nacional de la Seguridad Social informó en detalle cómo acceder al monto a través de simples pasos.

GRAN noticia de ANSES: el Gobierno pagará $ 262.000 a quienes completen este formulario
GRAN noticia de ANSES: el Gobierno pagará $ 262.000 a quienes completen este formulario

La Prestación por Desempleo tiene el propósito de respaldar a los trabajadores afectados proporcionando una red de seguridad financiera por un período determinado, y para acceder se debe tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido.

También es para trabajadores eventuales y de temporada, que deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

La Prestación por Desempleo es una ayuda económica para aquellos trabajadores en relación de dependencia que atraviesan un despido sin causa, la finalización de su contrato o circunstancias externas ajenas a su voluntad.

Quiénes puede percibir esta prestación

  • Conclusión del contrato laboral.
  • Bancarrota del empleador.
  • Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empleador.
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El beneficio está destinado a personas que se encuentran sin trabajo (Foto: archivo).

El beneficio está destinado a personas que se encuentran sin trabajo (Foto: archivo).

Documentación requerida para la Prestación por Desempleo

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

La documentación para los distintos casos son:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Para hacer el trámite se debe reunir toda la documentación y luego ingresar en Atención Virtual, para lo que se necesitará el CUIL y la Clave de Seguridad Social.

Dependiendo de los ingresos y meses trabajados (con aportes) del solicitante se va a calcular el monto y la cantidad de cuotas, que puede ser entre 2 y 12. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

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