“Al caerse la Ley de Presupuesto han caducado las retenciones, pero aún si esto hubiese sido así, la voluntad de aumentar es precisamente voluntad de aumentar impuestos. Y los impuestos es uno de los temas junto con lo Penal en los cuales la Constitución más claramente determina que tiene que ser establecido por Ley. El principio de legalidad aparece como algo absolutamente infranqueable", expresó Sabsay.
Para el jurista, el reclamo del agro se asienta en lo que contempla el articulo 17 de la Constitución y “varios incisos del articulo 75”.
¿Puede prosperar un reclamo de la Mesa de Enlace y la oposición?
“Todo eso depende de la Justicia, porque esto lo va a decidir el juez que reciba el amparo o la declarativa de certeza”, aclaró. Y allí nuevamente tenemos esta situación tan desagradable en la Justicia argentina en la cual de acuerdo a en qué juez caiga, podremos predecir qué es lo que va a pasar”, sostuvo.
Sabsay lamentó un “tiempismo” por parte de los jueces, y también fustigó a la denominada “Justicia Legítima”, una agrupación dentro del poder Judicial que engloba a muchos jueces y fiscales a quienes se los vincula con el oficialismo actual.
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El ministro Domínguez y el secretario Feletti ya dieron declaraciones divergentes sobre retenciones.
“Tenemos esa agrupación lamentablemente importante que se llama Justicia Legítima en la cuales los mismos jueces se autodenominan militantes. Eso surge del estatuto de ellos. Todo lo contrario a la una justicia independiente y se calcula que entre jueces y fiscales llegan a un tercio del poder judicial federal. Votan lo que quiere la vicepresidenta, no lo que está conforme a Derecho”, criticó.
E indicó cuál sería el reclamo que los productores podrían llevar adelante en la Justicia. “Se les va limitando la capacidad de establecer los precios y se les va quitando el deseo de producir más. Porque si después resulta que van a haber esas trabas tan importantes en las que el Estado prácticamente llega a establecer retenciones que son impuestos, quedó claro en la jurisprudencia de la Corte que son impuestos. Retenciones que son prácticamente confiscatorias. Superan el umbral de lo que es meramente imponible”, remarcó.
“Yo creo que los productores y los exportadores pueden iniciar los reclamos, porque también se lo descuentan al productor. Así que el productor también se ve perjudicado”, concluyó.