Resolución de Agricultura

Emergencia agropecuaria en Corrientes por incendios

El Gobierno homologó el pedido del Ministerio de Producción local para paliar los efectos en la actividad forestal. Ya rige en 11 departamentos de la provincia.
La emergencia agropecuaria fue declarada para Corrientes y rige en 11 departamentos.

La emergencia agropecuaria fue declarada para Corrientes y rige en 11 departamentos.

Un poco de respiro ante la ola de incendios. En Corrientes, el Ministerio de Producción informó que el Gobierno nacional finalmente homologó la emergencia agropecuaria solicitada para el sector forestal. Once departamentos provinciales quedaron comprendidos por la medida.

La voraz ola de incendios que se registró entre marzo y diciembre del año pasado, y que destruyó miles de hectáreas de bosques cultivados, finalmente encontró la categoría legal que buscaban desde la cartera provincial.

De este modo la emergencia rige para los departamentos de Concepción, Esquina, Alvear, General Paz, Goya, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Miguel, San Roque y Santo Tomé. La declaración fue rubricada por el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Basterra, y posteriormente publicada en el Boletín Oficial. La resolución fue la 37/2021.

Ahora, el Gobierno provincial deberá remitir a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) el listado de los productores afectados, y acompañar con una copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

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La emergencia agropecuaria rige para los departamentos de Concepción, Esquina, Alvear, General Paz, Goya, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Miguel, San Roque y Santo Tomé.

La emergencia agropecuaria rige para los departamentos de Concepción, Esquina, Alvear, General Paz, Goya, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Miguel, San Roque y Santo Tomé.

La cartera productiva provincial señaló que tras la presentación de la documentación solicitada "las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente Resolución gocen de los beneficios".

La vigencia de esta normativa será de un año.