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Asesinó a su nieta de 4 meses y la condena sorprendió a todos

La Justicia de Lomas de Zamora dictó una de las sentencias más severas previstas en el Código Penal argentino al condenar a prisión perpetua a Bettina Paola Fabbro, de 54 años, hallada culpable por el asesinato de su nieta de tan solo cuatro meses de vida.

30 de abril de 2026 - 10:30
Asesinó a su nieta de 4 meses y la condena sorprendió a todos

La Justicia de Lomas de Zamora dictó una de las sentencias más severas previstas en el Código Penal argentino al condenar a prisión perpetua a Bettina Paola Fabbro, de 54 años, hallada culpable por el asesinato de su nieta de tan solo cuatro meses de vida. El fallo, emitido por el Tribunal Oral en lo Criminal N°4, confirmó que la mujer fue responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo y por alevosía, una combinación de agravantes que derivó en la pena máxima.

El estremecedor caso, ocurrido en enero de 2022 en la localidad bonaerense de Ingeniero Budge, volvió a ocupar el centro de la escena judicial tras conocerse la resolución definitiva. La investigación logró reconstruir una trama de violencia familiar, negligencia y brutalidad que terminó con la vida de una bebé indefensa.

La sentencia fue respaldada por las pruebas recolectadas durante la investigación y por el pedido del fiscal Hugo Carrión, quien sostuvo durante el juicio que Fabbro actuó con plena conciencia de sus actos y que las circunstancias del crimen revelaban un accionar especialmente cruel hacia la menor.

El hecho ocurrió durante la mañana del 14 de enero de 2022, cuando la acusada se presentó en la vivienda de una vecina ubicada sobre la calle Guaminí. Según se expuso en el debate oral, Fabbro llegó al domicilio en estado de alteración y pidió ayuda para cuidar a otra niña, mientras afirmaba que la bebé “se había ahogado”.

Sin embargo, lo que inicialmente parecía una emergencia médica pronto comenzó a mostrar inconsistencias alarmantes. A pesar de la gravedad del cuadro, la pequeña no fue trasladada inmediatamente a un centro asistencial. Recién tres horas después, cerca de las diez de la mañana, la bebé fue llevada a la Unidad Sanitaria Finocchieto.

Ese lapso de tiempo fue considerado clave por los investigadores, ya que podría haber representado una oportunidad vital para salvarle la vida. Para los magistrados, la demora no solo agravó la situación, sino que también expuso una conducta incompatible con cualquier intento real de asistencia.

Cuando los médicos recibieron a la niña, advirtieron rápidamente señales físicas incompatibles con un accidente doméstico. Golpes visibles en el rostro, cuello y otras partes del cuerpo activaron de inmediato las sospechas del personal sanitario, que notificó a las autoridades.

Las primeras explicaciones brindadas por Fabbro fueron descritas por fuentes judiciales como erráticas, ambiguas y contradictorias. Sus relatos no coincidían con el cuadro clínico ni con las evidencias posteriores.

La autopsia terminó por confirmar el horror: la bebé, identificada como Ana, murió por asfixia mecánica, producto de la obstrucción intencional de sus vías respiratorias. El informe forense también reveló lesiones previas y signos compatibles con maltrato físico.

Estos elementos fueron fundamentales para consolidar la hipótesis acusatoria y desmontar cualquier versión relacionada con una muerte accidental.

Durante el proceso judicial se estableció que la condenada convivía en la misma vivienda junto a su hija adolescente, de 17 años, y las dos menores. El entorno familiar fue examinado minuciosamente por la Unidad Funcional de Instrucción N°16 de Lomas de Zamora, que detectó un contexto preocupante de abandono y vulnerabilidad.

La madre de la víctima no se encontraba en el domicilio en el momento del crimen, lo que llevó inicialmente a la fiscal Marcela Juan a imputarla por abandono de persona, aunque el foco principal de la acusación se concentró sobre la figura de la abuela.

El expediente también incorporó testimonios de vecinos que resultaron determinantes para reconstruir la dinámica familiar. Varios declararon haber escuchado de manera frecuente el llanto desesperado de las niñas y aseguraron que, en reiteradas oportunidades, ambas menores permanecían solas o bajo cuidados deficientes.

Estas declaraciones reforzaron la teoría de un entorno marcado por la negligencia sistemática y posibles episodios reiterados de violencia.

Peritos especializados señalaron desde las primeras etapas de la investigación que las lesiones observadas en la bebé no podían atribuirse a caídas ni a accidentes domésticos. Por el contrario, el patrón de traumatismos sugería agresiones físicas continuadas.

La contundencia de estas pericias permitió sostener en el juicio que existió una escalada de violencia previa al desenlace fatal.

El tribunal evaluó no solo la mecánica del crimen, sino también la particular situación de vulnerabilidad extrema de la víctima: una bebé de cuatro meses, completamente dependiente y sin posibilidad alguna de defensa. Esa condición fue central para aplicar la agravante de alevosía.

Los jueces entendieron que la acusada aprovechó deliberadamente su posición de poder y cercanía familiar para ejecutar el homicidio sobre una víctima absolutamente indefensa.

La resolución judicial representa un cierre parcial para un caso que generó profunda indignación social, especialmente por tratarse de un crimen intrafamiliar cometido por una figura que debía garantizar protección y cuidado.

El fallo también pone de relieve la importancia de la detección temprana de señales de violencia infantil, así como la necesidad de intervención estatal en contextos familiares de alto riesgo.

En Argentina, los delitos cometidos contra menores dentro del ámbito doméstico suelen generar especial atención judicial debido a la gravedad de la traición al vínculo protector. En este caso, la condena a perpetua refleja el máximo reproche penal posible frente a un hecho de semejante magnitud.

La historia de Ana se convirtió en símbolo de una tragedia evitable, atravesada por fallas familiares y alertas que, según varios testimonios, ya se habían manifestado antes del desenlace.

La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N°4 deja asentado que la responsabilidad penal de Bettina Paola Fabbro quedó acreditada de manera contundente, luego de un proceso en el que se analizaron pruebas médicas, forenses, testimoniales y psicológicas.

Con esta condena, la Justicia buscó establecer un precedente claro sobre la gravedad de los crímenes contra la infancia y sobre el deber de protección que recae especialmente en quienes integran el círculo familiar más cercano.

El caso continuará siendo recordado como uno de los episodios más estremecedores registrados en la región de Lomas de Zamora en los últimos años, tanto por la brutalidad del hecho como por la vulnerabilidad absoluta de la víctima.

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