Poder Judicial

La Justicia Federal intervendrá en el conflicto en Jujuy por los cortes de rutas de pueblos originarios

Ordenan la intervención de la justicia federal ante un hábeas corpus de las organizaciones sociales ¿Por qué dicen que este fallo refuerza la acusación de represión ilegal en Jujuy?
Rosario Bigozzi
por Rosario Bigozzi |
Cortes de ruta en Jujuy (Foto; archivo)

Cortes de ruta en Jujuy (Foto; archivo)

La Cámara de Casación Penal que funciona en los Tribunales de Comodoro Py, le ordenó a la justicia federal de Jujuy que intervenga en los cortes de rutas nacionales, que llevan a cabo comunidades de pueblos originarios y otras organizaciones sociales para protestar contra la reforma constitucional en esa provincia. El fallo hizo lugar a un recurso de hábeas corpus resaltando que por el carácter de caminos internacionales interviene Gendarmería Nacional.

El planteo fue presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Abogadas y Abogados del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) y la Asociación para la promoción y protección de Derechos Humanos (XUMEK).

Le pidieron a los jueces que resuelvan sobre la competencia del fuero federal en los cortes de rutas nacionales de Jujuy, para dejar claro si le correspondía o no hacerse cargo de los operativos de seguridad, con la asistencia de las fuerzas federales.

Al mismo tiempo, se quejaron de los procedimientos en los piquetes, que encabezó la policía provincial durante las protestas del 16 y 17 de junio en la ruta nacional 9, a la altura de La Quiaca, Abra Pampa, Humahuaca y Purmamarca.

Estas manifestaciones habían sido convocadas desde el 14 de junio por las comunidades indígenas a través de una caminata denominada “Tercer Malón de La Paz” hacia la capital provincial, para mostrar su rechazo a la inminente reforma constitucional.

Según la denuncia, las fuerzas policiales de la provincia dejaron “cientos de personas heridas producto del uso ilegal, abusivo y desproporcionado de armas menos letales, tales como balas de goma y gases lacrimógenos, y decenas de personas resultaron detenidas por el simple hecho de manifestarse”. Los 21 detenidos fueron liberados al día siguiente, bajo el cargo de “interrupción o entorpecimiento de las vías de transporte” (art. 194 C.P.).

Vale aclarar que estos operativos se registraron un par de días antes de los que se dieron el 20 de junio en la ciudad de San Salvador de Jujuy, donde tiene jurisdicción la justicia provincial. En este caso hubo 40 heridos y 68 detenidos, como consecuencia de los violentos incidentes en los alrededores de la Legislatura local, donde se votaba la reforma constitucional.

Hábeas corpus

El procedimiento del hábeas corpus se habilita cuando se presume que una autoridad del Estado amenaza o limita la libertad sin una orden legal de la justicia, y eso requiere una resolución urgente.

El pedido de las organizaciones sociales llegó el martes pasado a la Cámara Federal después de hacer un recorrido de rechazos en los tribunales federales de Jujuy. Recayó en la sala 4 integrada por Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, quienes le dieron celeridad al trámite fijando una audiencia pública para escuchar a las partes.

Esa audiencia se concretó el jueves al mediodía, y por la tarde dieron a conocer su resolución haciendo lugar al reclamo. La parte demandante le dijo a A24.com que están muy satisfechos con el fallo, y destacaron que a partir de ahora “cualquier intervención sobre protestas en rutas nacionales tiene que resguardar los derechos de quienes se manifiestan”.

Tanto las organizaciones sociales como el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, vienen insistiendo con el reclamo de intervención de las fuerzas federales en las protestas ruteras, no obstante, sus motivaciones están enfrentadas. Por un lado, el mandatario provincial está reclamando que desalojen los piquetes, mientras que los manifestantes esperan que la Gendarmería los defienda del accionar de la infantería provincial.

Aunque el fallo de Casación contiene las expectativas de ambos sectores en pugna, los opositores a Morales consideran que la concesión del hábeas corpus refuerza la acusación de represión ilegal contra el operativo de la policía jujeña en las rutas nacionales.

¿Qué dice la resolución de los jueces?

El presidente de la Sala 4 de Casación, el juez Gustavo Hornos, observó que “la orden dispuesta por el juez federal de Jujuy para que la Gendarmería Nacional tome los recaudos pertinentes y asegure la libre circulación por las rutas nacionales, implicó, en el presente caso, la habilitación a una fuerza federal".

A su vez, citó como precedente su dictamen en otra causa relacionada con la Comunidad Lof Campo Maripe (Loma de Campana) donde se refirió a las Reglas Básicas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia, que advierten que “las personas integrantes de las comunidades indígenas pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuando ejercitan sus derechos ante el sistema de justicia estatal”.

En el mismo sentido, expresó que “se promoverán las condiciones destinadas a posibilitar que las personas y los pueblos indígenas puedan ejercitar con plenitud tales derechos ante el sistema de justicia, sin discriminación alguna de su origen o identidad indígenas. Además los poderes judiciales asegurarán que el trato que reciban por parte de los órganos de la administración de justicia estatal sea respetuoso con su dignidad, lengua y tradiciones culturales”. Los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo compartieron el voto de Hornos.

Esta resolución surgió cuatro horas después de la audiencia pública convocada por Casación, donde expusieron los motivos del hábeas corpus los abogados Diego Morales y Tomás Griffa por el CELS, Betiana Martínez y María del Valle Freijo, por ANDHES, y Florencia Diaz Peccinetti por XUMEK, quien se presentó en calidad de amicus curiae. En tanto, el fiscal federal Javier de Luca respaldó el reclamo a través de una presentación escrita.

El CELS y las organizaciones que representan a los pueblos originarios del NOA describieron ante el tribunal que “durante la madrugada del 17 de junio, en el cruce de la entrada a Purmamarca, varios de esos manifestantes fueron detenidos por la policía de la Provincia y trasladados a dependencias policiales”.

También destacaron que la mayoría de los manifestantes son integrantes de diferentes comunidades y pueblos indígenas, que aún siguen protestando pacíficamente contra la reforma de la Constitución en Jujuy, sobre las rutas nacionales 9, 52 y 34.

Detallaron que interpusieron el hábeas corpus preventivo y colectivo en favor de los manifestantes, porque entendieron que “se encuentran bajo amenaza actual e inminente de ver violentada su libertad ambulatoria e integridad física al ejercer legítimamente el derecho a protestar en la provincia”.

Primero lo hicieron ante el juzgado federal 2 de Jujuy, que se declaró incompetente para intervenir porque “los actos denunciados emanan íntegramente de autoridades locales, en concreto el Ministerio Público de la Acusación y el Cuerpo de Infantería de la Policía de Jujuy, de modo que no existiría elemento alguno que autorice la intervención de la justicia federal”. Luego esa decisión fue confirmada por la Cámara Federal de Salta, por lo que decidieron acudir a Casación.

A todo esto, el 20 de junio la justicia federal de Jujuy autorizó a Gendarmería Nacional y a la Policía de la Provincia de Jujuy a tomar los recaudos pertinentes para asegurar la libre circulación de las rutas nacionales 9 y 34 ´con el debido resguardo del derecho a la protesta y en especial a la integridad física de las personas, absteniéndose del uso de armas de fuego.

Sin embargo, las fuerzas federales nunca intervinieron. Incluso el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, le reprochó al gobierno nacional la falta de acción, y tuvo un cruce con el ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, quien negó haber recibido instrucciones de la justicia para enviar a desalojar los piquetes.