Previsional

ANSES cambia el trámite de pensión por fallecimiento: cómo hacerlo 100% online

Tras una resolución oficial de ANSES y el Ministerio de Capital Humano, ahora es más simple iniciar el trámite para cobrar la pensión por fallecimiento de un jubilado.

ANSES cambia el trámite de pensión por fallecimiento: cómo hacerlo 100% online
ANSES cambia el trámite de pensión por fallecimiento: cómo hacerlo 100% online

A partir de ahora, el trámite se podrá realizar íntegramente desde la plataforma Mi ANSES, sin necesidad de asistir a una oficina. Esto significa un cambio sustancial para miles de familias que atraviesan momentos difíciles tras la muerte de un ser querido y necesitan iniciar el pedido de la pensión en forma rápida.

“La idea es facilitar el acceso a un derecho previsional que muchas veces se retrasa por trámites presenciales engorrosos o falta de turnos”, señalaron desde ANSES.

¿Qué es la pensión por fallecimiento?

La pensión por fallecimiento es una prestación que otorga ANSES a los familiares directos de un jubilado o pensionado que ha muerto, como una manera de garantizar la continuidad de los ingresos del grupo familiar.

Hasta ahora, este beneficio debía gestionarse casi exclusivamente de forma presencial en oficinas de ANSES, con turnos que en algunos casos demoraban semanas. Pero desde julio de 2025, el trámite se moderniza: será online, con validación digital de identidad, carga de documentación y seguimiento remoto.

¿Quiénes pueden acceder a la pensión por fallecimiento de ANSES?

Según informó ANSES, el nuevo procedimiento estará habilitado exclusivamente para:

  • Cónyuge del fallecido

  • Conviviente previsional

  • Hijos solteros del jubilado fallecido, siempre y cuando no perciban actualmente otra prestación y cumplan los requisitos legales.

Este grupo de personas podrá iniciar el trámite desde Mi ANSES, ingresando con CUIL y Clave de Seguridad Social, sin necesidad de gestor ni asistencia presencial.

Atención: La solicitud podrá hacerse únicamente si no pasaron más de 4 meses desde la fecha de fallecimiento del jubilado o pensionado. En caso de superar ese plazo, se deberá realizar la gestión presencialmente en una oficina de ANSES, con turno previo.

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¿Cómo hacer el trámite de pensión por fallecimiento desde Mi ANSES? Paso a paso

El procedimiento digital es sencillo y puede completarse en menos de una hora, siempre que se cuente con la documentación necesaria escaneada o en foto.

Los pasos para tramitar la pensión online son:

  • Ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social.

  • Ir a la sección “Solicitudes” y seleccionar “Pensión por fallecimiento”.

  • Completar los datos personales del solicitante y del fallecido.

  • Subir la documentación digital requerida (formato PDF, JPG o PNG).

  • Aceptar las declaraciones juradas y enviar la solicitud.

  • El sistema emite un número de trámite para hacer el seguimiento.

Una vez aprobada la solicitud, el solicitante podrá recibir la pensión en su cuenta bancaria en el plazo habitual de ANSES, junto al calendario de pagos.

Qué documentación se necesita para la pensión por fallecimiento

La documentación básica que debe presentarse se divide en dos grupos:

Documentación del fallecido:

  • Partida de defunción.

  • Formulario PS 6.76 - Información bancaria, sólo si los datos de la cuenta del fallecido no están registrados en ANSES.

Documentación del solicitante:

  • DNI.

  • Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.

  • En caso de moratoria jubilatoria: Formulario PS 6.279 - Aceptación de descuento de cuotas pendientes.

  • Formulario PS 6.284 - Declaración jurada sobre percepción de otras prestaciones (fuerzas de seguridad, provincias no adheridas al SIPA, etc.).

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Cuánto se cobra por una pensión por fallecimiento en ANSES

La pensión por fallecimiento no equivale al 100% del haber del jubilado fallecido, sino a un porcentaje que varía según los familiares beneficiarios.

Los porcentajes establecidos por ANSES son:

  • Cónyuge o conviviente sin hijos: cobra el 100% del monto correspondiente al jubilado fallecido.

  • Con hijos con derecho a pensión:

    • El cónyuge o conviviente cobra el 50%.

    • Cada hijo con derecho cobra el 20%.

    • En total, el grupo familiar puede alcanzar hasta el 100% del haber original.

¿Qué pasa si ya pasaron más de 4 meses del fallecimiento?

En ese caso, la única vía habilitada para solicitar la pensión es de manera presencial en oficinas de ANSES, con turno previo. Se deberá presentar la documentación original en papel y cumplir con los mismos requisitos.

Desde ANSES aclararon que no se pierde el derecho si se supera ese plazo, pero el trámite ya no podrá hacerse de manera digital. Además, puede haber diferencias en la retroactividad del cobro, según la fecha efectiva de solicitud.

Ventajas del nuevo sistema digital para pensiones

La implementación de este nuevo sistema online busca resolver varias problemáticas:

  • Evitar demoras por falta de turnos presenciales.

  • Reducir el uso de gestores privados.

  • Garantizar que familiares accedan al beneficio en tiempo y forma.

  • Modernizar la gestión previsional en situaciones de emergencia.

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