Para esto, será necesario cumplir con la presentación de documentación relacionada con controles de salud, vacunación, regularidad escolar de los niños y niñas a cargo, y otros controles establecidos por la Autoridad de Aplicación.
acompañamiento social.avif
Los beneficiarios recibirán una asignación mensual de $78.000, compatible con otros ingresos familiares.
Acompañamiento Social: ¿quiénes pueden acceder?
- Mujeres y hombres de 50 años y más en condiciones de vulnerabilidad.
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Mujeres con 4 hijos o más menores de 18 años.
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Titulares pertenecientes a las entonces Unidades de Gestión dependientes del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentren vinculados a situaciones especiales.
Las compatibilidades del programa
Los beneficiarios pueden recibir simultáneamente la asignación junto con:
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Asignación Universal por Hijo: beneficio destinado a familias con hijos.
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Asignación Universal por Embarazo para Protección Social: asistencia para mujeres embarazadas.
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Prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional y/o protección familiar: ayudas otorgadas por diferentes niveles gubernamentales.
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Prestaciones de carácter alimentario: soporte en alimentación y nutrición.
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Trabajadores independientes inscriptos en Monotributo Social o categorías A y B, y Trabajadores independientes promovidos: fomento al trabajo autónomo de baja renta.
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Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares: reconocimiento de trabajadores domésticos.
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Trabajadores bajo modalidades de trabajo temporario o permanente discontinuo: incluye empleados en agricultura y otros sectores con trabajo estacional.
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Trabajadores contratados en virtud del Decreto N° 551/22.
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Empleo formal registrado con remuneración inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil: apoyo a trabajadores con ingresos bajos.
Quiénes no pueden acceder a Acompañamiento Social
- Ser prófugo de la justicia: exclusión por evasión de la ley.
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Titularidad de establecimientos comerciales o explotaciones agrícolas: enfocado en personas sin empresas o negocios propios.
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Recepción de subsidios o prestaciones para empleo y/o capacitación de cualquier entidad gubernamental: evita la duplicidad de beneficios económicos.
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Titularidad de más de un bien inmueble.
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Propiedad de vehículos, embarcaciones o aeronaves de menos de 10 años.
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Recepción de pensiones o prestaciones del sistema de seguridad social, incluyendo jubilaciones, pensiones a la vejez o por invalidez, y subsidios por desempleo.
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Mayores de 65 años en condiciones de tramitar o recibir beneficios del Sistema de Seguridad Social: excepto por un período de gracia de un año después de cumplir la edad.
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Realización de prestaciones sociales o de empleo en el estado o ONGs que suplanten la actividad laboral propia de esos entes.
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Viajes al exterior incompatibles con la situación de vulnerabilidad.
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Gastos con tarjetas de crédito/débito o billeteras virtuales que superen el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
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Inscripción en Monotributo en la categoría “C” o superiores, o en el régimen de autónomos.
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Acceso al mercado de cambios para la obtención de divisas con fines de ahorro.
- Situación económica y patrimonial no vulnerable.