La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 13 de abril, el plazo para que las y los contribuyentes ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021.

La AFIP extendió el plazo para ingresar las deducciones de Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 13 de abril, el plazo para que las y los contribuyentes ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021.
El vencimiento original era el 31 de marzo, y los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig) mediante la presentación del Formulario web F572.
Se deberá informar los conceptos ingresados como pagos a cuenta a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig) mediante la presentación del Formulario web F572.
Para utilizar este servicio online, los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, remarcó la AFIP en un comunicado difundido este miércoles
Para utilizar este servicio online, los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, remarcó la AFIP en un comunicado difundido este miércoles
Al ingresar al servicio, pueden informar las deducciones anuales en el Impuesto a las Ganancias como también las percepciones que se le hubiesen practicado durante el período e ingresos adicionales, en caso de pluriempleo.
Los o las contribuyentes pueden deducir las cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente), la remuneración del personal de casas particulares, hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la AFIP, cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social, intereses por préstamos hipotecarios vinculados con la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, donaciones realizadas a diferentes instituciones, los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.
La nueva fecha de vencimiento fue establecida en la Resolución General 5165/22, que se publicará mañana en el Boletín Oficial.