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Habilitaron las denuncias por difusión de imágenes íntimas o robo de identidad en CABA

Habilitaron las denuncias por difusión de imágenes íntimas o robo de identidad en CABA

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires trató el proyecto que proponía esto en diciembre pasado pero, según nos comentó el abogado especialista en delitos informáticos Daniel Monastersky -que hoy reflotó el tema en un tweet-, el 4 de enero se promulgó la ley que modifica al Código Contravencional a través del decreto 15/19.

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En concreto, dice que " quien difunda, publique, distribuya, facilite, ceda y/o entregue a terceros imágenes, grabaciones y/o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de trasmisión de datos, páginas web y/o a través de cualquier otro medio de comunicación" va a ser penado con una multa o días de arresto.

Además, "el consentimiento de la víctima para la difusión, siendo menor de 18 años, no será considerado válido. Tampoco podrá alegarse el consentimiento de la víctima en la generación del contenido".

Lo mismo va a aplicar para cualquiera que hostigue o intimide online a otra persona o que use la imagen o datos de una persona o le cree una identidad falsa usando esos recursos.