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La AFIP reglamentó los nuevos planes de pagos y moratorias anunciada por Macri para Pymes y monotributistas

21 de agosto de 2019 - 11:14
La AFIP reglamentó los nuevos planes de pagos y moratorias anunciada por Macri para Pymes y monotributistas

Qué pasó. La AFIP reglamentó el nuevo plan de pagos, para deudas vencidas hasta el 15 de este mes, con una tasa máxima del 2,5% mensual, para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos. Se trata del plan que había anunciado Macri tras la derrota en las PASO.

Los contribuyentes podrán ingresar a partir del 2 de septiembre y hasta el 31 de octubre del corriente año, por lo que el primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo.

En la resolución general 4557 publicada en el Boletín Oficial, se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta, además de la suspensión por 90 días corridos de la traba de medidas cautelares y, podrán disponer libremente, también, de las sumas previamente embargadas.

Los cambios. Hasta ahora, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas y permitía incluir las obligaciones exigibles hasta abril último. En este sentido, cabe destacar que a partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior. El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales.

Con respecto a las obligaciones anuales de Ganancias y Bienes Personales, se podrán financiar a través del llamado Miniplan, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.

Por otra parte, la AFIP categorizará como Pymes, a los contribuyentes que no se hayan registrado previamente como tales a los fines de incluirlos entre los beneficiarios de estas medidas, en base a parámetros objetivos y análogos a los del Ministerio de Producción.

Monotributistas. Cabe recordar que en la resolución general 4556, se dispuso bonificar el pago del componente impositivo de la cuota del Monotributo del mes próximo.

El beneficio alcanza a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que hubieran cumplido con las obligaciones de pago mensual correspondientes a los períodos enero-agosto de 2019 (hasta el día 21 de agosto inclusive), o que hubieran regularizado esas cuotas, en los planes de facilidades de pago vigentes.

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