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¿Qué es el Salario Social Complementario?

13 de enero de 2020 - 11:00
¿Qué es el Salario Social Complementario?

El ministerio de Salud y Desarrollo Social trabaja en cooperación con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) hace varios años buscando optimizar la calidad de implementación de políticas públicas. Las mismas son diagramadas en base al gasto público vigente -derivado del Presupuesto Nacional- y las propuestas gubernamentales. Desde el 2017 el Salario Social Complementario (SSC) forma parte de la nómina de estrategias orientadas a la inclusión ciudadana y ampliación de posibilidades.

Además de fomentarse la finalización de niveles educativos obligatorios, la inclusión laboral, capacitaciones, apoyo para emprendimientos y cooperativas y la mejora de la asistencia alimentaria, el Salario Social Complementario se halla dentro de las medidas a sostener y afianzar por parte de los agentes ministeriales para el corriente año.

El SSC es una decisión político-institucional destinada a brindar asistencia y apoyo a trabajadores de la “economía popular”. La misma es definida en base a toda actividad creadora y productiva determinante en la mejora de medios de vida, para aquellos ciudadanos inmersos en una alta vulnerabilidad social.

Constituye una iniciativa lograda en base al acuerdo entre organizaciones sociales, como la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), la Corriente Clasista y Combativa (CCC), Barrios de Pie-Somos y parte del Frente Popular Darío Santillán (FPDS), y las instancias gubernamentales.

Funciona como un complemento a los ingresos mensuales de aquellos que precisan de la generación de su propio trabajo para subsistir, buscando generar o comercializar bienes y servicios que sirvan de insumo para lograr el sustento del desarrollo propio y familiar. Así, no solo se respalda económicamente, sino que se institucionaliza la tarea de trabajadores populares como cartoneros o productores de agricultura familiar.

Este plan se enmarca dentro de las medidas provistas por la Ley 27.200 de emergencia pública y de reforma del régimen cambiario (año 2016) y su prórroga en la Ley 27.345 del 2017, mismo año donde se lanzó concretamente el “Programa de transición al Salario Social Complementario” por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

De este modo, muchos trabajadores y trabajadoras pudieron inscribirse en los programas provistos: el “Programa de Trabajo Autogestionado”, destinado a generar y mantener fuentes de trabajo mediante el fortalecimiento de unidades productivas, y el “Programa Construir Empleo”, orientado a potenciar las calificaciones y habilidades laborales de aquellos en situación de desempleo, mediante su afiliación en obras de infraestructura comunitaria o productiva.

Se apuesta a vincular la generación y el sostenimiento de empleo con la calidad de vida, que le permita a aquellos trabajadores en situación de vulnerabilidad laboral adquirir o consolidar saberes propios, contribuir activamente a la permanencia en su empleo y lograr un aporte sustantivo para su economía.

Además, los beneficios aportados por el trabajo no se agotan en lo económico, sino que son igualmente seguidos por las políticas de desarrollo social, salud, familia, equidad y bienestar social.

El SSC se halla entonces encauzado en una reglamentación legislativa que busca promover y defender los derechos de todos los trabajadores residentes en nuestro país y que se desempeñan en la economía popular. La intención transversal es garantizar alimentación, vivienda digna, educación, vestimenta, cobertura médica, transporte, vacaciones y protección ciudadana, como mandatos imperativos del “progreso económico con justicia social” que determina la Constitución Nacional.

El ente encargado dentro de la instancia ministerial, es el “Consejo de la Economía Popular”, creado dentro de la misma reglamentación para establecer un ámbito institucional permanente que tenga control periódico y confiable de la aplicabilidad del programa. Este consejo nuclea a agentes de los ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad, Desarrollo Social y Hacienda y Finanzas Públicas, además de representantes de organizaciones sociales y empresas autogestionadas

El mismo consejo es el encargado de definir las condiciones de inscripción, admisión, clasificación y permanencia de aquellos beneficiarios. Aquellos que deseen hacerse acreedores, deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de la Economía Popular (RENATRE) donde ya están inscriptos cerca de 300.000 trabajadores, aunque se estima que el presupuesto debería abarcar a 600.000.

El monto del mismo responde al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), habiendo iniciado con $4.030. La ley establece su movilidad automática, ligada a las variaciones del SMVM, dado que se estableció allí un punto de unidad de la clase trabajadora. No obstante, el SSC integra los planes sociales que se hallan bajo auditoría del Fondo Monetario Internacional (FMI), dentro de los “Proyectos Productivos Comunitarios”, por lo que se halla sujeto a modificaciones.

Como salvación, hay que considerar que el SSC no es compatible con otros programas estatales a excepción de la Asignación Universal con Hijo y otros programas municipales que proveen un aporte minoritario.

Producto del contexto económico inestable y la inflación incrementada, en diciembre del 2019 el Ministerio de Desarrollo Social evaluó que los beneficiarios de planes sociales reciban una compensación especial, en pos de recuperar un relativo margen del poder adquisitivo perdido durante el año. Esta medida incluyó a integrantes del programa “Hacemos Futuro”. Se partió de concebir un ingreso extra del 100% que reciben los beneficiarios de planes sociales mensualmente.

No obstante, los movimientos y organizaciones sociales aspiran a “un cambio de paradigma” en torno a la concepción de la actividad laboral popular como neto trabajo, distanciada de una visión asistencialista. Buscan que los montos de estos programas aumentan significativamente durante este 2020, como consecuencia de las actividades laborales y el aumento de derechos y responsabilidades de la economía popular, a través del trabajo en las distintas unidades productivas.

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