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Desde el 1° de mayo:
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Desde el 1° de junio:
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$313.400 mensual
$1.567 por hora
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Desde el 1° de julio:
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$317.800 mensual
$1.589 por hora
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Desde el 1° de agosto:
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$322.000 mensual
$1.610 por hora
Estos valores rigen para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y cualquier organismo estatal que actúe como empleador.
Prestación por desempleo y jubilaciones
La resolución también estableció los nuevos parámetros para la Prestación por Desempleo. A partir de ahora, será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador en los últimos seis meses. En ningún caso podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del salario mínimo vigente.
Hasta marzo, el salario mínimo era de $296.832. Las negociaciones fracasaron por la diferencia entre los sectores: los gremios reclamaban un piso de $644.000 y los empleadores ofrecían $301.300. El aumento dispuesto representa una suba acumulada del 6,12% en 2025, muy por debajo de la inflación del 8,6% registrada solo en marzo.
El salario mínimo no solo impacta sobre los sueldos más bajos registrados, sino que también funciona como referencia para los trabajadores no registrados, que representan cerca del 40% del mercado laboral. Además, influye en jubilados que accedieron al 82% móvil, aunque ese plus hoy no se aplica porque los incrementos del salario mínimo vienen quedando rezagados frente a los aumentos de las jubilaciones.