Las imágenes recorrieron el mundo y fueron una muestra de lo que aconteció en la Argentina por aquellos días.
Según una paciente reconstrucción de los hechos que llevó adelante el fiscal Picardi, el subcomisario impartió a sus subordinados las órdenes de sus superiores de desalojar la Plaza de Mayo, como responsable del Departamento Policía Montada del Cuerpo de Operaciones Federales de la Policía Federal.
Los otros cuatro imputados ejecutaron la orden y quedaron reflejados en las imágenes.
Picardi los identificó y les formuló las imputaciones, pero el paso del tiempo y la expiración de la acción penal derivaron en la decisión de Bonadio de declarar “prescripta” la causa.
El fiscal había pedido que todos fueran procesados por el delito de “vejaciones”.
El artículo 144 bis del Código Penal establece penas de uno a cinco años de cárcel e inhabilitación especial por doble tiempo para “el funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales”.
Bonadio consideró que se había agotado la instancia legal por el paso del tiempo y la violación de la garantía a ser juzgado dentro de un “plazo razonable”.
El fiscal apeló la decisión y ahora será la Cámara Federal la encargada de determinar si la causa continúa o se cierra definitivamente.