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Por un faltante de $ 6.000 las procesaron por un delito, van a juicio por otro más grave y podrían pasar hasta diez años en prisión

Por un faltante de $ 6.000 las procesaron por un delito, van a juicio por otro más grave y podrían pasar hasta diez años en prisión

La Cámara Federal porteña confirmó el juicio oral para dos cajeras de dos organismos relacionados con el Ministerio del Interior, por sendos faltantes de seis mil y diez mil pesos. Ambas fueron procesadas por administración fraudulenta pero una fiscal las mandó a juicio por peculado y ahora podrían llegar a pasar hasta diez años en la cárcel.

La insólita historia tiene por protagonistas a Mariela Magalí Cristino y Silvia Fabiana Gómez Gutiérrez. Según documentación a la que accedió A24.com, Cristino fue procesada por “haberse apoderado ilegítimamente de 6.352 pesos de los fondos del Ente Cooperador del Registro Nacional de las Personas de la sede del Autódromo, el 30 de octubre de 2015. El faltante fue detectado “al momento de comparar el informe de fondos recaudados elaborado por Cristino”.

Había una diferencia de 1.352 pesos, y otros cinco mil que la “al momento de cerrar la caja a su cargo y realizar el informe a fin de remitir el dinero manifestó olvidar enviarlo por error”.

Gómez Gutiérrez, en tanto, está acusada de “haberse apoderado ilegítimamente de dinero de los fondos del Ente Cooperador del Registro Nacional de Reincidencia de la sede del Autódromo, el 5 de noviembre de 2015. El faltante fue de 10.870 pesos, correspondiente a la recaudación del día 2 de noviembre”. Ese día había empezado a trabajar como cajera.

Ambas imputadas fueron procesadas por “defraudación en perjuicio de la administración pública”; sus bienes fueron embargados hasta cubrir la suma de 30 mil pesos y la Cámara Federal, con las firmas de los jueces Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi confirmó la medida.

Entonces la fiscal Alejandra Mángano pidió la elevación a juicio. Pero en su dictamen propuso que las mujeres fueran juzgadas por “peculado”. La diferencia entre una y otra figura delictiva son cuatro años de cárcel.

La defraudación tiene una pena máxima de seis años, mientras que el peculado eleva ese monto a diez.

Las imputadas, ambas con defensor oficial, pidieron la nulidad de la elevación a juicio por afectación del “principio de congruencia”.

El agravamiento de la acusación “no sólo les provocó la imposibilidad de defenderse correctamente sino que, además, la calificación propuesta por la fiscalía no sería la adecuada conforme la maniobra endilgada”.

Pero la Cámara replicó que “no ha mediado vulneración al principio de congruencia, toda vez que si bien es cierto que la fiscal ha escogido una calificación legal distinta, de la lectura de los hechos descriptos en las indagatorias se advierte que éstos conforman la misma plataforma fáctica a la que se hizo referencia en el requerimiento de elevación a juicio”.

“Tal circunstancia permite descartar la afectación al derecho de defensa de las imputadas, dado que no existió sorpresa ni han variado los acontecimientos en los que se sustenta el pedido de habilitación a la próxima etapa procesal y toda vez que las encausadas han tenido la oportunidad de ejercer tales derechos mediante los descargos oportunamente realizados”.

Los camaristas respaldaron que las imputadas (ambas están en libertad) hayan sido procesadas por un delito y a la hora del juicio deban responder por otro.

“Una variación en la calificación legal asignada a los acontecimientos endilgados no afecta el principio de congruencia, a menos que resulte brusca y pueda llegar a sorprender a la defensa”, subrayó la Cámara.

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