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El fallo también menciona que Payarola arrastra otros dos expedientes penales. Uno tramita en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°39 por defraudación por administración infiel, en un expediente iniciado por Gonzalo Montiel, en el que ya fue procesado y embargado por 810 millones de pesos. El otro avanza en el Juzgado de Garantías 3 de San Isidro por estafa, defraudación y lavado de activos. Según la Cámara, la eventual unificación de estos procesos podría derivar en una condena de cumplimiento efectivo.
El monto total de las sumas presuntamente apropiadas fue calculado por la Fiscalía en 63,6 millones de pesos y 64.200 dólares. Además, el perjuicio económico a las víctimas asciende a más de 13,2 millones de pesos, 27.500 euros y 608.000 dólares, conforme surge de los embargos y la documentación incorporada al expediente. Para los jueces, estas cifras refuerzan el riesgo de fuga, dado el poder económico que representa.
La Cámara destacó que la caución real funciona como una garantía procesal porque se genera un efecto disuasivo para evadir a la Justicia porque, de hacerlo, se pierde una suma considerable de dinero. En esa línea, sostuvo que la medida debe ser acorde con la capacidad económica del imputado, los antecedentes, la cantidad y gravedad de los hechos, y la existencia de otros procesos en curso.
La resolución fijó que la caución deberá ser depositada en el Banco Provincia a la orden del juzgado y que Payarola contará con cinco días para cumplir la obligación. Si no formaliza el acta correspondiente ni paga la suma estipulada, se le revocará la eximición de prisión y quedará detenido.