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Judiciales

Caso Loan: las duras denuncias que pesan sobre la jueza que lleva la investigación y los límites del abandono de persona

Quién es Cristina Pozzer Penzo y por qué fue denunciada ante el Consejo de la Magistratura. ¿Qué dice el procurador Casal sobre el abandono de personas?

por Néstor Espósito | 04 de julio de 2024 - 11:13
Caso Loan: las duras denuncias que pesan sobre la jueza que lleva la investigación y los límites del abandono de persona

Desde que en diciembre de 2014 fue designada por decreto de Cristina Fernández de Kirchner como jueza federal de Goya, Cristina Elizabeth (curiosa coincidencia con la ex presidenta) Pozzer Penzo –la magistrada que trata de establecer qué pasó con el niño correntino Loan Danilo Peña - afrontó media docena de denuncias ante el Consejo de la Magistratura.

Sus principales denunciantes provienen de los intestinos del Poder Judicial: el ex fiscal y ex jefe de gobierno porteño Aníbal Ibarra y la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), el gremio de los judiciales que desde hace décadas lidera Julio Piumato.

En todos los procesos, la jueza salió airosa. Para ello, aportó en gran medida un factor vinculado a la cronología y otro tanto la lentitud y parsimonia del Consejo.

Por ejemplo, el 20 de diciembre de 2023, Pozzer Penzo zafó de una denuncia que le había formulado la jurista y académica correntina María del Rocío Mansilla porque desde el momento en que pidió su juicio político habían transcurrido más de tres años, el plazo máximo que el reglamento del Consejo acepta para tratar un expediente. Una vez vencido ese término, el pedido de juicio político se archiva sin determinar si el magistrado denunciado obró bien o mal. Es como la prescripción en una causa penal: el imputado no tiene condena, lo que no significa que sea inocente.

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Aquella reunión del Consejo fue encabezada por el presidente de la Corte, Horacio Rosatti; sin embargo, el archivo del expediente no lo firmó él, sino la vicepresidenta del cuerpo, la también jueza Agustina Díaz Cordero.

Para llegar a jueza, Pozzer Penzo recorrió el espinel judicial correntino, del mismo modo que lo hacen casi todos los jueces nacionales y federales. Incluso ejerció como subrogante antes de que el 9 de diciembre de 2014 el entonces ministro de Justicia Julio Alak y la presidenta Kirchner firmaran el decreto 2323/2014 que, tras atravesar todo el proceso que incluye al Consejo de la Magistratura y al Senado, la designó “Jueza del Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya, Provincia de Corrientes”.

El gremio de Piumato denunció a la jueza -que hoy mantiene a seis personas detenidas por la desaparición de Loan y el expediente bajo secreto de sumario- por supuestos malos tratos hacia sus empleados. “Acoso laboral, maltrato psicológico y manipulación”, sostiene la presentación. Ese expediente, rotulado con el número 164/24, está en trámite ante la Comisión de Acusación, al igual que el 19/24. En ambos la jueza ya formuló su descargo y está a la espera de una resolución sobre su situación.

Aníbal Ibarra, por su parte, denunció a Pozzer Penzo por auto investigarse en una causa por una presunta falsedad en una declaración que ella misma avaló con su firma. El caso es por demás curioso: en el marco de una investigación de 2016 (vinculada con la entrega de unos automóviles), cuando la jueza subrogaba en otro juzgado, una declaración testimonial fue reputada como falsa. Lo normal es que ese hecho sea denunciado y enviado a sorteo para que lo investigue otro juzgado, de modo de garantizar la imparcialidad y legalidad del proceso.

Pozzer Penzo, quien había rubricado el acta de la declaración, asumió ella misma la investigación del hecho que estaba denunciando. Finalmente, fue apartada de ese expediente.

Los límites del "abandono"

Los primeros tres detenidos por la desaparición de Loan están acusados del delito de “abandono de persona”.

El artículo 106 del Código Penal establece penas de hasta 15 años de cárcel para “el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado”.

Esa calificación fue aplicada cuando la causa tramitaba en la Justicia provincial correntina; es decir, antes de que se hiciera cargo la jueza Pozzer Penzo, en el fuero penal federal.

Los defensores de los seis detenidos han mostrado hasta ahora un generoso espíritu de colaboración con la investigación, puesto que como el expediente está bajo secreto de sumario, no pueden acceder a él para elaborar una estrategia de defensa sobre sus clientes presos.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, acaba de dictaminar en una causa penal de Santa Fe cuáles son los parámetros para la figura del abandono de personas. Recomendó confirmar la condena por ese delito a un imputado de “haber acometido por sorpresa y golpeado (a la víctima) provocándole una contusión cerebral y haberlo abandonado, sin posibilidad de pedir ayuda, a metros de un camino rural donde luego de agonizar, falleció”.

“El deceso ocurrió porque no pudo acceder a las maniobras necesarias para restablecer el equilibrio orgánico”, resumió Casal en su dictamen ante la Corte.

Las defensas de los detenidos esperan que se levante el secreto de sumario para averiguar sobre qué bases jurídicas y fácticas se sostiene todavía la imputación por abandono de persona de Loan.

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