En su artículo octavo, establece la obligación a cada ministro del gobierno saliente a presentar en un plazo no mayor a los seis meses desde la proclamación de los ganadores una "memoria del Estado" que detalle la situación en la que se traspasa cada repartición. El anteproyecto deberá ser entregado al presidente electo y al Congreso de la Nación.
En el listado de tareas que deberán reportar los funcionarios figuran la nómina de autoridades y personal de la planta permanente y transitoria u otra modalidad de contratación, incluyendo consultores, pasantes y personal contratado en el marco de proyectos financiados por organismos multilaterales, detallando sus respectivas funciones y posición en el escalafón.
Otro de los artículos sostiene que será obligatorio "velar por el cumplimiento de todos los actos simbólicos de entrega de mando de conformidad con los usos, costumbres y protocolo vigentes", en un apartado que parece destinado a evitar lo ocurrido durante la asunción del presidente Mauricio Macri cuando la entonces mandataria, Cristina Kirchner, se negó a traspasarle el mando.