FALLO JUDICIAL

La Justicia laboral frenó otro decreto de Milei y obligó al Gobierno a reabrir la paritaria nacional docente

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió el decreto 341 del presidente Javier Milei, que había excluido al Estado Nacional de la negociación salarial docente.

Paro docente | Desde CTERA rechazaron la iniciativa de trabajar los sábados: La escuela no es una oficina (Foto: CTERA)

Paro docente | Desde CTERA rechazaron la iniciativa de trabajar los sábados: "La escuela no es una oficina" (Foto: CTERA)

La medida judicial fue tomada a partir de una acción de amparo presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), que sostiene que el decreto afecta derechos laborales fundamentales.

El decreto 341, vigente desde el 21 de mayo, había establecido que las negociaciones salariales del sector docente debían ser realizadas exclusivamente entre el Consejo Federal de Educación y los gremios, y excluía entonces al Estado Nacional. Además, facultaba a la Secretaría de Educación, encabezada por Carlos Torrendell, a refrendar los convenios o a exigir nuevas propuestas en caso de que existieran restricciones presupuestarias. Esta reforma fue cuestionada porque implicaba una modificación al artículo 10 de la Ley de Financiamiento Educativo 26.075, con una modificación en la dinámica de la negociación colectiva.

Quién es Carlos Torrendell, el secretario de Educación que designó Javier Milei
Quién es Carlos Torrendell, el secretario de Educación que designó Javier Milei. (Foto: archivo)

Quién es Carlos Torrendell, el secretario de Educación que designó Javier Milei. (Foto: archivo)

El tribunal, integrado por los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado, quienes en junio frenaron el DNU 340, que reglamentaba el derecho a huelga en actividades esenciales, admitieron la medida cautelar presentada por CTERA. En su fallo, los camaristas señalaron que la delegación legislativa invocada por el Ejecutivo para dictar el decreto “no resulta clara ni suficiente” y que la norma podría vulnerar principios constitucionales sobre la división de poderes.

La Justicia destacó que la negociación colectiva docente goza de “protección internacional” mediante los convenios 98, 151 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por ello, la reforma introducida por el decreto afecta “directamente” este derecho fundamental. Además, cuestionó que el Estado Nacional no haya demostrado que la disposición bajo examen esté amparada en la normativa legal vigente, y que la simple referencia a la discrecionalidad administrativa y a la integración de la Secretaría en el Consejo Federal no basta para justificar la medida.

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Los jueces también remarcaron que el objetivo del proceso cautelar es “asegurar la eficacia práctica de la sentencia definitiva”, y que para otorgar la suspensión provisoria basta con un análisis de “probabilidad” sobre el derecho reclamado, no de “certeza”.

Por otro lado, el Estado Nacional había argumentado que no se cumplían los requisitos legales para la medida cautelar, señalando la falta de agotamiento de la vía administrativa, ausencia de perjuicio irreparable y falta de contracautela. Sin embargo, esos argumentos fueron desestimados por la Cámara, que otorgó prioridad a la protección del derecho a la negociación colectiva.

La interpretación de CTERA

En un comunicado oficial, Sonia Alesso, secretaria general de CTERA, valoró la sentencia y señaló que “este fallo impone al Gobierno Nacional la obligación ineludible de convocar a la Paritaria Nacional Docente”, instancia que hasta ahora había sido negada pese a los reiterados reclamos frente a la crítica situación salarial. La dirigente sindical calificó la situación como “literalmente agobiante por la devastación del poder adquisitivo de los sueldos”.

PARITARIA

Alesso agregó que “la intención del Gobierno de desmantelar la Paritaria Nacional se inscribe en una ofensiva más amplia destinada a socavar el sistema educativo”. Denunció además “el incumplimiento del pago a los docentes de la asignación remunerativa correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo (FONID), la eliminación del acceso a conectividad para maestros, la supresión de programas sociales para docentes y alumnos, y la falta de transferencia de partidas destinadas a comedores escolares”.