Tal como había manifestado el titular del área en aquella oportunidad, la medida publicada hoy puntualiza: “El ingreso y egreso a altos cargos públicos, desde y hacia el sector privado, fenómeno conocido como ‘puerta giratoria’, implica riesgos de captura de la decisión pública, que pueden perjudicar el interés público en beneficio de intereses privados específicos, mediante el traspaso de información privilegiada o la falta de imparcialidad e independencia de criterio”.
El artículo 1° encomienda a la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia el diseño del sistema que registrará "antecedentes, vínculos e intereses privados de las personas que ingresan a altos cargos en el Estado Nacional, así como también de actividades realizadas por estas personas al egreso de la función pública -hasta un año posterior al cese de funciones".
En tanto, el artículo 2° encarga a la misma dirección "la proyección de medidas y la articulación con los diferentes actores públicos y privados necesarios para que el diseño, formulación, evaluación y planificación colaborativa" del sistema "pueda expresar su potencialidad".
La norma concluye diciendo que "a efectos de controlar el cumplimiento de las normas de ética pública, resulta necesario monitorear la circulación en la ocupación de altos cargos en el sector público desde y hacia el sector privado que pudieran acarrear situaciones de conflicto de intereses u otros riesgos de incumplimiento de dichas normas".