A través de su página oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) anunció que quienes se encuentren desempleados podrán cobrar $156.000 hasta el 29 de enero.

Atención beneficiarios de ANSES: este numeroso grupo cobrará $156.000 en enero (Foto: archivo)
A través de su página oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) anunció que quienes se encuentren desempleados podrán cobrar $156.000 hasta el 29 de enero.
Sin el pago de un IFE, la Anses acredita otras ayudas sociales como la Prestación por Desempleo, dirigida a personas que trabajaban en relación de dependencia y fueron despedidas sin justa causa, por finalización de contrato o causas externas.
Quienes previamente hayan solicitado este cobro, recibirán hasta el 29 de enero el beneficio. Luego, se habilitará otro calendario de pago para febrero.
El trámite para cobrar la Prestación por Desempleo se realiza en la ANSES de manera presencial con turno previo o virtual a través del canal de Atención Virtual.
En ambos casos se debe contar con la documentación requerida. Si el trámite se realiza por la web, el sistema pedirá número de CUIL y Clave de la Seguridad Social para ingresar.
La prestación por Desempleo que paga la ANSES es una ayuda econónimca para las personas que se quedaron sin empleo, con el objetivo de facilitarles el proceso mientras realizan una nueva búsqueda de empleo.
Esta prestación está destinada a trabajadores que fueron despedidos sin justa causa o por fuerza mayor comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo n° 24.013 quienes, para acceder al cobro, deberán tramitar la solicitud. De esta forma, podrán recibir mensualmente el pago de la siguiente manera:
Trabajador en relación de dependencia despedido sin justa causa: el monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra: para trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 2 años. En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó (con aportes) un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Durante la vigencia del beneficio se incluye el pago de asignaciones familiares y de la obra social a la que estaba afiliada la personas que quedó sin trabajo. Además, el período durante el cual se cobra esta prestación se computa como antigüedad para fines previsionales.