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Cambia todo para las empleadas domésticas: el anuncio del gobierno de Milei que afecta los pagos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una medida que afecta a los empleadores del personal doméstico y el pago de aportes, obra social y ART. De qué se trata la nueva modalidad y desde cuándo rige.

14 de julio de 2025 - 11:40
Cambia todo para las empleadas domésticas: el anuncio del gobierno de Milei que afecta los pagos

El gobierno de Milei anunció un cambio que afecta el pago de las empleadas domésticas

Desde este martes 15 de julio, ARCA habilitará una nueva modalidad de pago para empleadores del personal de casas particulares, también conocidas como empleadas domésticas: desde ahora se podrán abonar los aportes mensuales mediante débito automático, sin necesidad de generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) todos los meses ni correr el riesgo de omitir o retrasar las obligaciones.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 5723/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Con esta resolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) busca simplificar el cumplimiento tributario y reforzar el trabajo formal, en un régimen que incluye actualmente a más de 450.000 relaciones laborales registradas.

Qué se puede pagar con débito automático

El nuevo sistema permitirá abonar en un solo débito todas las obligaciones mensuales del régimen de casas particulares:

  • Aportes y contribuciones patronales

  • Cuota correspondiente a la Obra Social

  • Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART)

Esto significa que, con una sola gestión, el empleador podrá activar el débito automático mensual, asegurando que los pagos lleguen en tiempo y forma y que el trabajador doméstico mantenga el acceso a cobertura médica, ART y futura jubilación.

La principal ventaja del nuevo sistema es que evita olvidos y errores en los pagos mensuales, que muchas veces generan deudas o períodos no registrados para el trabajador.

Con el débito automático:

  • Se asegura el cumplimiento puntual de las obligaciones previsionales.

  • Se simplifican los trámites para el empleador.

  • Se evitan intereses, recargos y posibles sanciones por mora.

  • El trabajador tiene garantizado el acceso a sus derechos sociales y previsionales.

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Empleadas domésticas: cómo se les puede pagar

Además del nuevo débito automático, ARCA mantiene disponibles otros medios de pago, tales como:

  • Depósito en sucursal bancaria

  • Transferencia electrónica

  • Tarjeta de crédito

  • Débito en cuenta desde cajero automático

  • Homebanking

  • Billeteras virtuales

  • Pago con código QR

  • Plataformas digitales avaladas por el Banco Central

Sin embargo, el débito automático es el único método que no requiere acción mensual del empleador, una gran ventaja para quienes gestionan varias relaciones laborales o no están familiarizados con los sistemas digitales.

Cómo activar el débito automático en ARCA para empleadas domésticas

Para activar el nuevo sistema, el empleador deberá ingresar al portal oficial de ARCA y seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.

  • Acceder al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.

  • Ingresar al menú “Trabajadores” y hacer clic en “Trabajadores a cargo”.

  • Seleccionar el botón “Adherir al débito automático”.

  • Elegir una CBU previamente cargada (debe estar a nombre del empleador).

  • Si es necesario registrar una nueva cuenta, se redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.

¿Se puede adherir con tarjeta de crédito?

Sí. En ese caso, el trámite deberá completarse a través de la administradora de la tarjeta. El monto será debitado en el próximo resumen, y el empleador deberá verificar su correcta imputación en el portal de ARCA.

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A partir del DNU, las empleadas domésticas no podán cobrar más la doble indemnización en caso de despido (Foto: archivo).

Empleadas domésticas: qué revisar antes de adherirse al débito automático

Antes de activar el débito automático, es fundamental que el empleador revise y actualice en el sistema los siguientes datos:

  • Condición laboral del trabajador

  • Cantidad de horas semanales trabajadas

  • CBU registrada para efectuar el débito

En caso de omitir o cargar mal esta información, el débito podría calcularse incorrectamente o ser rechazado, lo cual derivaría en deuda y pérdida de cobertura para el empleado.

Cuándo se debita la primera cuota

La fecha de inicio del débito dependerá del momento en que se haya realizado la adhesión:

  • Si se adhiere antes del último día del mes, el primer débito se realizará el día 10 del mes siguiente (o el día hábil posterior).

  • Por ejemplo, si se adhiere el 20 de julio, el primer débito se aplicará el 10 de agosto, correspondiente al mes de julio.

Importante: si se desea cambiar la modalidad de pago en un mes determinado, el empleador deberá detener el débito (stop debit) y hacer el pago de ese período manualmente.

Empleadas doméstocas: qué pasa si el débito falla

En caso de que el débito no se concrete por falta de fondos, cuenta cerrada u otra causa bancaria, ARCA notificará el rechazo en el portal del empleador. La operación podrá visualizarse desde el sistema:

“Registro Especial del Personal de Casas Particulares” > “Trabajadores a cargo” > “Pagos y Recibos” > “Constancia de pago”

Desde allí también podrá descargarse el comprobante de pago cuando el débito se haya realizado con éxito.

Comprobantes válidos: cómo acreditar el pago

Los únicos comprobantes válidos para acreditar el cumplimiento del pago son:

  • El comprobante emitido por el banco (en el resumen o sistema digital)

  • El comprobante descargado del sitio de ARCA

En todos los casos debe figurar:

  • CUIL/CUIT del empleador

  • DNI del trabajador

  • Importe exacto del período abonado

Los formularios confeccionados a mano (como el F. 102/RT o F. 575/RT) no serán considerados válidos como constancia de pago.

La resolución también establece que ARCA tendrá la potestad de actualizar los datos del empleador de oficio, si detecta inconsistencias a través de:

  • Información propia

  • Datos brindados por otros organismos (AFIP, bancos, ART)

  • Entidades que provean datos laborales o previsionales

Cualquier modificación será notificada con una marca en el Registro y el empleador será informado a través del Domicilio Fiscal Electrónico o por otros medios habilitados.

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