Elecciones

Veda electoral: hasta cuándo se puede comprar alcohol

Con las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre a la vuelta de la esquina, ya rige en todo el país la veda electoral, que prohíbe la venta de alcohol y regula otras actividades para asegurar el normal desarrollo de los comicios.

La veda electoral establece que durante las 12 horas previas y las tres posteriores a la votación no se podrá vender ni consumir bebidas alcohólicas en ningún establecimiento comercial.

La veda electoral establece que durante las 12 horas previas y las tres posteriores a la votación no se podrá vender ni consumir bebidas alcohólicas en ningún establecimiento comercial.

En la cuenta regresiva para las elecciones legislativas, que se desarrollarán el próximo domingo 26 de octubre, rige en todo el país la veda electoral. Se trata del período en el cual se restringen diversas actividades con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de los comicios. En este marco, una de las consultas más frecuentes es sobre la prohibición para vender y consumir bebidas alcohólicas.

Elecciones 2025: desde cuándo no se puede comprar alcohol

De acuerdo con el Código Electoral Nacional, la venta de bebidas alcohólicas quedará suspendida desde las 20 del sábado 25 de octubre y se extenderá hasta las 21 del domingo 26, tres horas después del cierre de los comicios.

Durante ese lapso, ningún local comercial podrá ofrecer alcohol, ya sea un bar, restaurante, supermercado, almacén, kiosco o boliche.

La medida tiene alcance nacional y busca preservar un clima de calma y orden durante el proceso electoral.

En la práctica, pese a que muchos locales gastronómicos decidan abrir sus puertas, se deberán limitar a ofrecer comidas y bebidas sin alcohol para evitar sanciones.

Veda electoral 2023: qué otras actividades están restringidas

El artículo 71 del Código Electoral Nacional detalla una serie de prohibiciones que se aplican antes y durante la jornada de votación:

  • Espectáculos públicos, actividades deportivas o eventos que no estén relacionados con el acto electoral.

  • Portación de armas, banderas, divisas o distintivos partidarios.

  • Actos de proselitismo y difusión de encuestas o sondeos electorales.

Qué pasa si se viola la veda electoral

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Los ciudadanos o comercios que no respeten estas disposiciones pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta.

En el caso del expendio de bebidas alcohólicas, los artículos 131 y 136 del Código Electoral precisan que:

“Las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario serán castigadas con prisión de quince días a seis meses”.

Además, las autoridades pueden aplicar multas económicas y clausuras temporales a los locales infractores.