ver más
Coronavirus

Resguardo individual, aforo y actividades sociales: cuáles son las nuevas medidas de cuidado sanitario

El Ejecutivo determinó qué parámetros se usarán para determinar las situaciones de alarma epidemiológica en los aglomerados de 300 mil habitantes.
06 de agosto de 2021 - 20:44
Resguardo individual, aforo y actividades sociales: cuáles son las nuevas medidas de cuidado sanitario

El Gobierno estableció nuevas medidas de ciudado para la pandemia.

Junto con el anuncio de para "aperturas cuidadas" de actividades, el Gobierno nacional estableció en detalle cuáles deben ser las nuevas medidas de cuidado que deben respetarse en el marco de la pandemia de coronavirus.

Según la información oficial provista por el Ministerio de Salud de la Nación, para establecer una alarma sanitaria en partidos, departamentos y aglomerados urbanos de 300 mil habitantes deberá darse "una ocupación de camas totales de terapia intensiva superior al 80 por ciento y la variación porcentual del número de pacientes internados en Unidades de Terapia Intensiva (UTI) por Covid- 19 de los últimos siete días, respecto de los siete días anteriores, superior al 20 por ciento".

Asimismo, se ratificó que "continúan en vigencia las medidas de cuidado individual como la distancia mínima de dos metros entre personas, el uso de tapabocas, la ventilación de los ambientes en forma adecuada y constante, y la higiene frecuente de las manos".

Este viernes, la cartera que dirige Carla Vizzotti informó que Argentina registró 13.549 contagios y 190 muertes por coronavirus en las últimas 24 horas.

Los protocolos para cada actividad

El Ejecutivo nacional recordó que en espacios cerrados pueden llevarse a cabo la práctica de deportes y la realización de eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos con un aforo del 70%.

Los mismos requisitos se aplican para actividades que se hagan en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos.

A la vez, los centros de día y clubes de adultos mayores podrán funcionar con un aforo del 70%, siempre y cuando sus asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación y hayan transcurrido 14 días desde entonces.

En los domicilios particulares podrán realizarse reuniones de hasta 20 personas, y en los espacios abiertos quedan permitidas las excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos de la normativa vigente.

Las actividades prohibidas

  • Eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.
  • Reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
  • Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.
  • Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.
  • Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.

Compartir
Facebook
Twitter
Whatsapp

Noticias más leídas

Más sobre Actualidad