La norma también establece otras alícuotas variables para diferentes especialidades.
Entre los fundamentos, el decreto admite que la modificación de retenciones obedece a “la actual coyuntura económica y la necesidad de fortalecer la situación fiscal”.
También justifica la reimposición del diferencial del gravamen entre poroto y subproductos, afirmando que la paridad actual “genera un desincentivo a la inversión en la fabricación de productos con mayor valor agregado, impactando negativamente en el empleo y en el desarrollo de conocimiento y tecnología”.
Por su parte, el Decreto 789 fija en 0% las retenciones del sector automotriz “para aquellas exportaciones incrementales extra Mercosur” tomando como base los últimos 12 meses anteriores.
Además, establece un nuevo esquema de reintegros a la exportación de diferentes productos.
En tanto, los reintegros de exportación elevan las alícuotas de bienes finales industriales a un piso del 7 por ciento, y las de insumos elaborados industriales a uno del 5 por ciento; y alcanza a más de 20 sectores entre los que se destacan las industrias de equipamiento médico, informática, instrumentos musicales, juguetes, laboratorios, luminaria, metalmecánica, muebles, químicos, textil e indumentaria, y vitivinícola.