Además, crea el Fondo Fiduciario a favor de YPF Agro y dispone que los empleados de Vicentín serán transferidos a YPF SA.
Fuentes cercanas al Presidente confiaron a A24.com que se se trata de "el primer boceto de Ley que debe pasar antes de ser publicado por la secretaria Legal y Tecnica, Vilma Ibarra, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y el Presidente Alberto Fernández".
"Tienen hasta 60 días de plazo para publicarlo y puede cambiar algo", reforzaron.
En detalle
En el ARTÍCULO 1°, se declara de “utilidad pública y sujeta a expropiación a la empresa VICENTIN S.A.I.C”, amparándose en la Ley N° 21.499
ARTÍCULO 2° — El precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la Ley N° 21.499, debiendo el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN efectuar la tasación de los mismos.
El ARTÍCULO 3°, explica las formas en que se adquirirá la empresa. “La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso expropiatorio será pagada -hasta el monto correspondiente-, con la deuda que VICENTIN S.A.I.C. registre ante el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y la AFIP”.
Además, establece la autorización “al PODER EJECUTIVO NACIONAL a contraer, en el mercado local o internacional, empréstitos y/o a emitir títulos de deuda pública y/o monedas complementarias a fin de abonar los saldos correspondientes al proceso expropiatorio, si los hubiere”.
En el ARTÍCULO 4° se ordena la creación de FONDO FIDUCIARIO AGRO ARGENTINA, cuyo fiduciario y fideicomisario será el Estado Nacional y el Fiduciante la empresa YPF S.A., a través de YPF AGRO S.A.
ARTÍCULO 5: Una vez culminado el proceso de expropiación, la totalidad de los bienes pasarán a integrar el patrimonio del Fondo Fiduciario Agro Argentina.
El ARTÍCULO 6° marca el destino del actual personal de Vicentin que “será transferido a YPF S.A., conservando todos los derechos laborales adquiridos, la afiliación gremial que posean en la actualidad y la vigencia de su Convenio Colectivo de Trabajo”.
Finalmente, el resto de los artículos, del 7 al 10, establecen distintas condiciones jurídicas para la preservación de las actividades de la compañía y de notificación a los actuales accionistas, así como establecer la condición de Ley de orden público, entre otros artículos de forma.