La Resolución General Conjunta N° 5017/2021 de AFIP, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y Ministerio de Transporte establece un nuevo sistema de comprobantes electrónicos obligatorios de “Carta de Porte para el Transporte Ferroviario de Granos” y “Carta de Porte para el Transporte Automotor de Granos”. Serán los únicos comprobantes válidos para el respaldo del traslado de granos no destinados a la siembra y de legumbres secas, así como de aquellas semillas aún no identificadas, a cualquier destino del territorio argentino. En esta resolución queda exceptuado el transporte internacional por importaciones y exportaciones, debiéndose contar con la documentación aduanera correspondiente.










