Además, dispone que las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) "no podrán exceder, en su conjunto, los volúmenes de equilibrio" dejando "un margen adicional de hasta cuatro por ciento para operaciones por cantidades (peso o volumen) no significativas".
Cuándo estas últimas alcancen "los volúmenes de equilibrio del noventa por ciento y/o correspondientes al margen adicional del cuatro por ciento deberán realizarse conforme al régimen especial denominado “DJVE-30" , con barco nominado y con compras físicas verificables".
En tanto, sostiene que "en caso de verificarse modificaciones en la producción y/o en el consumo que impacten en los volúmenes de equilibrio, la mencionada Subsecretaría procederá a su nueva publicación".
Según la última actualización del ministerio de Agricultura, los saldos exportables, ahora llamados "volúmenes de equilibro", son de 12,5 millones de toneladas para el trigo del ciclo 2021/22 y de 25 millones de toneladas para el maíz 2021/22.