En esta modalidad, los préstamos son calculados en esas unidades de valor, que se actualizan según el valor de la inflación.
De esta manera, el banco entrega determinada cantidad de “UVA” que se convertirá en pesos según la cotización que publique el BCRA (Banco Central de la República Argentina), al momento de la firma del mutuo hipotecario. El monto mínimo a otorgar será el equivalente en pesos de 9.200 UVA´s.
A la hora de tener que reembolsar el préstamo, se deberá pagar una determinada cantidad de “UVA” por cuota, que se convertirán en pesos con la cotización del día al momento del pago.
Según información oficial del Banco Nación en su página web, la tasas a aplicar se dividen en dos categorías, y eso se establece en las siguientes modalidades:
a) Para usuarios en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados (que adhieran a un paquete de servicios de productos y perciba sus haberes por el Banco) o usuarios monotributistas o autónomos, (que adhieran a un paquete de servicios que deberá guardar relación con los ingresos que percibe), por toda la vigencia del préstamo:
La tasa de referencia del crédito hipotecario será de un 8 % TNA, fija.
b) Para el resto de los usuarios:
La tasa de referencia del crédito hipotecario será de un 11 % TNA, también fija.
En ambos casos, para los usuarios que hayan abonado en tiempo y forma las últimas doce cuotas, se le reintegrará el importe correspondiente a la mitad de la última cuota abonada.
Los intereses a pagar se computarán sobre el capital en pesos adeudado, al momento del vencimiento de cada servicio financiero.
Además, para estimar la capacidad de pago del usuario en actividad laboral o jubilado, el valor de la cuota calculada para 30 días no deberá superar el 20% del ingreso neto calculado, para el destino construcción y del 25% para los restantes destinos. En caso que se incluyan codeudores, la afectación de los ingresos del usuario deberá representar como mínimo el 20% del total de la cuota.
¿Cuáles son los requisitos de los Créditos Hipotecarios en Banco Nación?
Según la información oficial de la entidad, las personas que deseen acceder a los préstamos deben cumplir con los siguientes requisitos:
Antigüedad laboral mínima:
- Empleados de planta permanente: 6 meses.
- Empleados contratados: 1 año y contrato anual vigente.
- Empleados del Sector Público Nacional no Categorizados: antigüedad previa demostrable de 1 año y contrato vigente.
Autónomos:
- Inscriptos en Ganancias: 1 año en el ejercicio de la profesión u oficio a partir de la presentación de la primera DDJJ de Ganancias.
- Monotributistas: 2 años de antigüedad en la profesión u oficio a partir de la inscripción en el Monotributo.
A su vez, el solicitante y sus codeudores no deberán registrar informes negativos en las centrales de riesgo durante los últimos 12 meses y deberán estar clasificados en situación normal en las bases del BCRA.
Además, la edad límite para la cancelación de las obligaciones de los préstamos que se acuerden por esta línea será de 80 años. Este requisito se aplicará también a los codeudores, en el caso que los hubiere.
Documentación que se debe presentar
Estos créditos, además de poder ser para compra o refacción de una vivienda, incluyen una gran cantidad de posibilidades para las personas que quieran acceder a él, tengan su oportunidad.
El fundamento es que está pensado y diagramado para que tanto personas en relación de dependencia, autónomos, jubilados y pensionados, como hasta Ex Combatientes de Malvinas, puedan presentar su solicitud.
Requisitos generales:
Lo básico, lógicamente, es contar con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y fotocopia del mismo.
También se debe tener a mano el último resumen de la tarjeta de crédito o factura de un servicio fijo (a título de ejemplo luz, gas, impuesto inmobiliario, telefonía fija, etc.) a nombre del solicitante, a fin de establecer el domicilio del mismo.
Para el caso particular de los empleados en relación de dependencia:
Se deben presentar los últimos 3 recibos de sueldo, con los siguientes datos:
- Datos del empleador, nombre o razón social, domicilio y clave única de identificación tributaria (CUIT).
- Datos del empleado, nombres y apellido y clave única de identificación laboral (CUIL).
- Fecha de ingreso a la empresa.
- Importe neto percibido, con fecha y firma del empleador.
También será necesario el último resumen ANSES o constancia de cumplimiento de las obligaciones del empleador obtenida a través de la página de la AFIP identificada como “Mis aportes”.
En el caso de no disponerse de un recibo de sueldo con estas especificaciones, se deberá presentar complementariamente, una certificación laboral que contenga estos datos con la firma del empleador certificada por entidad bancaria.
Para el caso particular de aquellos contratados por locación de servicios:
- Copia del contrato de locación de servicios.
- Constancia de los últimos 6 pagos del Monotributo.
- Constancia de inscripción laboral (CUIT), asignada por AFIP.
En el caso de los Autónomos:
- Documentación que requiera la instancia ejecutiva de crédito a los efectos de poder determinar en forma fehaciente o demostrable el ingreso neto del solicitante.
Para Jubilados y Pensionados:
- Último recibo de cobro de jubilación o pensión.
Ex Combatientes de las Islas Malvinas:
- Último recibo de cobro de la pensión vitalicia.
Y, finalmente, los Empleados del Sector Público Nacional no Categorizados
- Constancia de inscripción laboral (CUIT), asignada por AFIP.
- Copia de la documentación que documente la relación con el Sector Público Nacional de que se trate.