Del fallo de Luis Rodríguez
Además, el juez remarcó que la última adquisición fue “incluso antes de la segunda vuelta en las elecciones presidenciales” y “antes de las decisiones gubernamentales en las cuales se le adjudico una presunta influencia”.
Tras sostener que "ni el licenciado Luis Caputo ni su señora esposa han cometido fraude alguno contra la administración pública", el juez consideró “harto razonable” las explicaciones dadas por el contador de Caputo en torno a las sospechas sobre que insertó datos falsos en su declaración jurada.
Y descartó la hipótesis de una incompatibilidad con la función pública respecto de la tenencia de acciones de Caputo en Edenor, Petrobras y Transportadora Gas del Sur porque “ni el fiscal ni las personas denunciantes han aportado siquiera un indicio que permita sospechar la adopción por parte del nombrado de una decisión funcional que pudiera irrogar en un beneficio especifico indebido a él o las firmas”.