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"La realidad nos obliga a actuar contra el mal funcionamiento del sistema judicial"

Alejandro Fargosi
por Alejandro Fargosi |
La realidad nos obliga a actuar contra el mal funcionamiento del sistema judicial

De nuevo, la realidad obliga a quienes nos preocupamos y ocupamos de nuestro país, a marchar, a actuar contra el mal funcionamiento del sistema judicial.

Las veces anteriores fuimos ante la Corte Suprema, pese a que alguien ordenó cerrar la calle Talcahuano, como si nuestras corbatas fuesen palos y los discursos piedras. Lamentablemente no logramos todavía ningún cambio porque el Poder Judicial es un sector estatal muy reacio a cambiar y proclive a emular al Tancredi de “Il Gattopardo”.

Pero con las redes sociales y la medialuz que facilitaba el lampedusianismo judicial desapareció: ahora casi todo está a la vista, desde sentencias injustas y a veces disparatadas hasta conductas delictuales.

Siguiendo la plausible iniciativa del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, una cantidad de organizaciones de la sociedad civil y personalidades de diversa extracción queremos reunirnos ante el Consejo de la Magistratura para reclamar que actúe con eficiencia contra los malos jueces, sometiéndolos a juicio político y que exhiba lo resultados de las auditorías sobre los juzgados federales, procediendo como corresponde cuando hayan evidenciado irregularidades.

Se sabe que el Consejo está regulado por un conjunto de leyes y reglamentos con demasiados defectos, sufre una politización partidista extrema, a veces actúa como un defensor de los malos jueces e incluso en temas decisivos se sometió a la Corte Suprema olvidando el clarísimo texto constitucional que lo regula.

Hay mucho para mejorar y cambiar. Ojalá que el reclamo del 28F movilice al actual Consejo para que pase a la historia como el que derribó dos de los grandes obstáculos que lo contaminan: un ritmo de sesiones y de trabajo anticuado, con plenarios quincenales que marcan tiempos de calendario y no de reloj. Y sobre todo un mito devastador: que los jueces no deben ser juzgados por el contenido de sus sentencias.

Semejante afirmación no tiene ningún asidero legal. El principio genérico del art. 14 de la Ley 24.937 “…Queda asegurada la garantía de independencia de los jueces en materia del contenido de las sentencias...”, es un apotegma plausible pero que no tiene nada que ver con la impunidad absoluta que algunos quieren atribuirle.

Nada sería menos republicano que eximir a uno de los tres poderes del Estado, de la responsabilidad no solo de sus propios actos, sino de sus actos más trascendentales por antonomasia: sus decisiones.

Los jueces existen para dictar resoluciones y sentencias. Pueden ser desde obras maestras a compendios de ignorancia jurídica, moral o delictual.

Es inadmisible igualar lo mejor con lo peor, lo bueno con lo malo, excluyendo del juzgamiento a actos procesales que ni siquiera son sentencias o resoluciones válidas.

Es inadmisible e inconstitucional, porque implica un privilegio monárquico inaplicable desde 1816. Acotemos que la impunidad del Rey solo se le atribuye a él, el único que posee ese privilegio en la actual España, mientras que en la Argentina convivimos con el absurdo de que miles de jueces están de hecho exentos de juzgamiento en lo medular de su actividad.

Mientras esto no cambie y los jueces sigan estando arriba de las leyes que sí se aplican al resto de los mortales, solo estaremos perdiendo el tiempo.