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El TOF 1 le concedió el arresto domiciliario a De Vido en la causa Río Turbio

26 de noviembre de 2019 - 17:28
El TOF 1 le concedió el arresto domiciliario a De Vido en la causa Río Turbio

Los jueces Adrián Federico Grünberg, Ricardo Ángel Basílico y José Antonio Michilini del Tribunal Oral Federal 1 (TOF 1) le concedieron el beneficio del arresto domiciliario a Julio Miguel De Vido la causa conocida como “Río Turbio”. Sin embargo, el ex ministro de Planificación seguirá en el penal de Ezeiza porque tiene prisión preventiva en la causa Cuadernos. En este sentido, según fuentes judiciales consultadas por A24.com, en las próximas horas la defensa de De Vido también presentará el mismo pedido ante el Tribunal Oral Federal 7.

De acuerdo a la resolución a la que accedió A24.com, De Vido deberá cumplir la domiciliaria “en la vivienda ubicada en la Chacra N° 9, Barrio Panal, Zárate, Provincia de Buenos Aires, el que se hará efectivo, desde la unidad carcelaria donde se encuentra alojado previa constatación de la inexistencia de impedimentos emanados de autoridad judicial competente, oportunidad en la que deberá labrarse la correspondiente acta compromisoria”.

"Nos encontramos frente a una persona próxima al cumplimiento de la edad de los setenta años y con las afecciones que da cuenta el dictamen de la Comisión Evaluadora del Servicio Penitenciario Federal con asiento en la Dirección de Sanidad, desprendiéndose de la historia clínica que posee antecedentes patológicos de diabetes insulinorequirente, úlcera gastroduodenal, hemorroides internas, hipertensión arterial, enfermedad vascular coronaria, nódulo solitario de pulmón con PET negativo, los que han sido atendidos adecuadamente hasta el momento por la propia Unidad de detención", señalaron los jueces.

Entre la serie de medidas, el TOF 1 dispuso que "se asigne al imputado De Vido un dispositivo de vigilancia electrónica, mediante la incorporación del nombrado al Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica implementado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación".

Entre la serie de medidas, el TOF 1 dispuso que "se asigne al imputado De Vido un dispositivo de vigilancia electrónica, mediante la incorporación del nombrado al Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica implementado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación".

Además, se encomendó "a los organismos designados para la supervisión del arresto domiciliario que, ante la eventualidad que el incuso Julio Miguel De Vido transgreda la permanencia y salga de su vivienda en día y horario no autorizado, que manipule indebidamente el equipo y/o dispositivo, corte las trabas plásticas, o la pulsera trasmisora fuera quitada o separada del contacto con su cuerpo y/o el sistema envíe la respectiva alerta, inmediatamente informen tales circunstancias al Tribunal; ello a los efectos de adoptar las medidas pertinentes".

Por último, el TOF 1 resolvió retener el pasaporte de De Vido y prohibir su salida del país del encartado y comunicar esa medida a la Policía Federal Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Gendarmería Nacional, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Dirección Nacional de Migraciones.

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