En estas elecciones 2021 así como en las elecciones pasadas, la Justicia Nacional Electoral es el organismo encargado de designar, previo aviso, a las autoridades de mesa.
En estas elecciones 2021 así como en las elecciones pasadas, la Justicia Nacional Electoral es el organismo encargado de designar, previo aviso, a las autoridades de mesa.
Entonces, ¿qué pasa si llego temprano a votar a las elecciones generales y las autoridades de la mesa receptora del voto aún no han llegado? ¿Me pueden obligar a quedarme como presidente de mesa?
El Código Nacional Electoral establece que para la designación de autoridades de la mesa receptora del voto se debe emplear un procedimiento informático que selecciona de forma aleatoria entre las personas empadronadas que cumplen los requisitos para ejercer esta designación. En las elecciones 2021, este mecanismo fue el utilizado para dichas designaciones. También se consideran a los que voluntariamente se inscribieron en el Registro Público de Postulantes de Autoridad de Mesa para estas elecciones generales.
Es importante conocer que en el artículo 76 del código antes mencionado se establece como una obligación la presencia del presidente de la mesa receptora del voto o del suplente. En las generales, quien esté designado para este cargo debe permanecer desde la apertura de las elecciones hasta el cierre del acto electoral. En estas elecciones 2021, las autoridades de mesa ya fueron advertidas de sus cargos.
Se suele suponer que en la apertura de las elecciones, ante una eventual ausencia de autoridades de mesa, la persona que concurría temprano podía ser elegida aleatoriamente como autoridad de mesa, sin embargo, al esto no estar contemplado en el Código, la persona no está obligada a aceptar.
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