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Elecciones 2021: ¿Qué deberán hacer quienes tengan coronavirus el día de los comicios?

Hay requisitos a cumplir para evitar multas. ¿Cómo y cuándo hacer el trámite?
leNadie estará privado de su derecho a sufragar

le"Nadie estará privado de su derecho" a sufragar, dijo el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Sebastián Schimmel, y señaló que para garantizar este derecho se activó un "protocolo muy riguroso".

Falta poco más de dos semanas para las elecciones generales del 14 de noviembre y hay una duda que persiste entre los votantes: ¿Qué hacer si se contrae coronavirus antes de los comicios?

Todas las personas contagiadas o aisladas pueden ir a votar ese día siguiendo un estricto protocolo, pero están exentas de hacerlo. Si optan por no concurrir a las urnas, deberán cumplir con algunos requisitos para no tener que pagar multas.

"Nadie estará privado de su derecho" a sufragar, dijo el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Sebastián Schimmel, y señaló que para garantizar este derecho se activó un "protocolo muy riguroso".

Este protocolo son en realidad un conjunto de recomendaciones que no se sustentan en un "mecanismo específico" que haya sido aprobado por las autoridades, según aclaró la titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo.

¿Qué hay que hacer si no se va a votar?

Igualmente, “la recomendación general es que no concurran a votar todas las personas que tengan caso confirmado de Covid-19, sean contactos estrechos o sospechosos, o estén en cuarentena”, explicó Quiodo.

Aquellas personas contagiadas o aisladas que decidan no votar tendrán que hacer un trámite para probar la situación de contagio o contacto estrecho. Este trámite es online y hay 70 días a partir del 12 de septiembre para completarlo, en el caso de las PASO, y a partir del 14 de noviembre, en el caso de las generales. Para ello hay que ingresar a la página de infractores del padrón, cagar el certificado correspondiente, rellenarlo y enviarlo.

De esa forma, el elector quedará “eximido del pago de la multa y de las sanciones” que establecen las leyes electorales para las personas que no concurran a votar.

Las multas

Según lo establecido por ley, quienes no vayan a votar sin estar exceptuados por otros motivos, como la distancia, y no justifiquen debidamente esa situación deberán pagar una multa de 50 pesos para las PASO y de 100 en las elecciones generales de noviembre.

Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Asimismo, quedan imposibilitados de ser designados funcionarios públicos durante tres años.

Consultá acá dónde votás para participar en las generales