Sin embargo, en una resolución de 39 páginas, a las que A24.com tuvo acceso, el juez advirtió que esos elementos fueron expuestos de manera “genérica y abierta”, sin precisar los contornos fácticos de los supuestos delitos. También señaló la falta de determinación de un delito precedente, lo que, a su criterio, impide sostener una hipótesis de lavado de dinero.
"La ausencia de un hecho concreto y la construcción de la imputación a partir de inferencias generales conducen necesariamente a calificar la pretensión fiscal como una investigación de carácter prospectivo, cuya habilitación resulta incompatible con los estándares constitucionales y procesales vigentes, lo que impone su rechazo", argumentó el juez.
Sobre el mismo tema, advirtió que la "presentación fiscal no contiene la descripción de un hecho concreto, individualizado en sus circunstancias esenciales de tiempo, modo y lugar, que permita identificar con claridad el objeto del proceso" y agregó que "el relato se estructura a partir de una reconstrucción general de relaciones societarias, movimientos económicos y datos patrimoniales, sin que tales elementos se traduzcan en la afirmación de un suceso histórico específico susceptible de verificación empírica y subsunción normativa".
Además, el magistrado se declaró incompetente en la causa por una cuestión de jurisdicción y la remitió al Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay: "Este Tribunal no resulta competente por razón del territorio para entender en las presentes actuaciones, toda vez que el hecho cuya investigación se pretende —en los términos en que ha sido descripto por el Ministerio Público Fiscal— se encontraría vinculado principalmente a una entidad que presuntamente tendría domicilio legal en Provincia de Buenos Aires, así como a investigaciones conexas en trámite ante otro órgano jurisdiccional", indicó.
El pedido del fiscal
El fiscal Pedro Simón sostuvo en su planteo de recusación que Pablo Ariel Toviggino habría recibido dinero de origen ilícito que luego distribuyó entre personas de su entorno, en especial a su hermano Darío Fabián Toviggino, para reinsertarlo en el circuito económico mediante la adquisición de bienes y así darle apariencia de legalidad. En esa línea, señaló que Darío Fabián Toviggino y Rosalía Argañaraz compraron el lote “W-1”, que pertenecía a María del Pilar Argibay Lapalma, hija del juez que intervenía en el expediente.
Sobre ese punto, la Cámara Federal de Tucumán consideró acreditado que la hija del magistrado participó de una operación inmobiliaria que podría estar vinculada con el objeto de la investigación por presunto lavado de activos, y utilizó ese argumento para apartar a Sebastián Argibay de la causa.
En ese contexto, aún no está definido si la resolución de primera instancia que rechazó las detenciones de Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino fue firmada antes o después de que se dispusiera el apartamiento del juez.